El Gobierno y los agentes sociales han acordado negociar la futura ley de los "riders" ampliando el marco de actuación, que no solo afectará a los repartidores de plataformas de envío de comida a domicilio, sino que se ampliará al trabajo en todas las plataformas digitales.

En la primera reunión de esta mesa de diálogo social, el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, ha escuchado los planteamientos que sobre esta futura regulación tienen los representantes de los sindicatos CCOO y UGT y de las patronales CEOE y Cepyme.

Desde el Ministerio de Trabajo han explicado a Efe que el objetivo del Gobierno en esta reunión era escuchar las alternativas regulatorias de los agentes sociales para abordar la situación de los falsos autónomos en el entorno digital.

"Se ha tratado de una reunión muy positiva", han dicho las citadas fuentes, tras la que se remitirán por escrito las propuestas y volverán a reunirse el miércoles de la próxima semana.

Fuentes de CCOO han explicado a los medios que en la reunión se ha decidido que la nueva regulación que combatirá la figura de los falsos autónomos "no se va a ceñir a los 'riders' sino que se aspira a establecer una regulación para evitar la proliferación del fraude laboral a través de plataformas digitales".

Posteriormente, en un comunicado conjunto, UGT y CCOO han saludado el consenso alcanzado en relación a la necesidad de avanzar en una normativa de ámbito laboral que regule el trabajo que se desarrolla a través de plataformas digitales.

"Ambas organizaciones sindicales trabajaremos en una propuesta que impida la utilización de la tecnología para el ocultamiento de relaciones laborales", dicen ambos sindicatos.

El objetivo es garantizar los derechos tanto individuales como colectivos a todas las personas trabajadoras, "también cuando desarrollan su actividad a través de plataformas digitales y se presentan los elementos definitorios de una relación laboral".

Con esta legislación, el Gobierno quiere legislar para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Supremo que reconoció que la relación entre un repartidor y la empresa Glovo tenía naturaleza laboral.

Para el Supremo, Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores, sino una empresa que presta servicios de recadería y mensajería fijando las condiciones esenciales para la prestación de dicho servicio.

El Ministerio de Trabajo ya sometió a consulta pública su proyecto de regulación para asegurar la protección laboral de las trabajadores en plataformas digitales, fundamentalmente los "riders".

Dicha propuesta contempla que la cobertura y protección de las personas trabajadoras por cuenta ajena a través de estos modelos de negocio es "capital", ya que conlleva la aplicación de regímenes jurídicos distintos con distintas condiciones.

Y entre esas condiciones se señalan, entre otras, la garantía de un salario cuyo suelo viene determinado por una norma legal, en alusión al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), los tiempos de trabajo máximo, los periodos mínimos de descanso, los derechos asociados a la extinción del contrato de trabajo, a unas condiciones de trabajo seguras y saludables o el ejercicio de derechos colectivos con las garantías de indemnizaciones precisas, entre otras.