Lo dijo antes la justicia europea y el Tribunal Constitucional lo confirma. El actual sistema para calcular la pensión de los empleados a jornada parcial es "discriminatorio" con la mujer por la "desigualdad" que implica frente a los empleados a tiempo completo a la hora de fijar el periodo de cotización para la cuantía del retiro. "No resulta justificado es que se establezca una diferencia de trato entre trabajadores a tiempo completo y trabajadores a tiempo parcial", señalan los magistrados, que rechazan la diferencia que se da en la reducción adicional de la base reguladora mediante un porcentaje derivado de un coeficiente de parcialidad que merma el número efectivo de días cotizados. "Constituye una discriminación indirecta por razón del sexo, al evidenciarse estadísticamente que la mayoría de los trabajadores a tiempo parcial son mujeres", subrayan.

Según la resolución, el precepto obvia los requisitos de "justificación objetiva y razonable" en las diferencias entre los trabajadores. De igual modo, rompe con la proporcionalidad exigida, pues estos contratos no sólo suponen una "reducción razonable de la base reguladora", sino que "añaden una reducción del periodo de cotización" para establecer la cuantía de la pensión, que no se hace con el trabajador a tiempo completo. Toda esta diferenciación conduce a un "resultado perjudicial en el disfrute de la protección de la Seguridad Social", con "incidencia predominante en el empleo femenino".

No obstante, el Pleno descarta la retroactividad y señala que, a fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, la declaración de nulidad no afectará ni a los conflictos individuales juzgados con anterioridad ni a las situaciones administrativas decretadas en firme. Fuentes del Ministerio de Trabajo señalaron que los servicios jurídicos de la Seguridad Social están estudiando la sentencia y trabajan para determinar los plazos de aplicación, así como en los cambios necesarios en las aplicaciones informáticas.

Con la sentencia, el Constitucional recogió el testigo del Tribunal de Justicia de la UE, que el pasado mayo resolvió que España debía revisar la normativa del cálculo de las pensiones para los trabajadores a tiempo parcial.

Cambios en la normativa

El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social está estudiando los cambios necesarios para aplicar la sentencia del Tribunal Constitucional que declara nula la norma que calcula la pensión de jubilación del trabajo a tiempo parcial.

Según han indicado a Efe fuentes de Trabajo, los servicios jurídicos de la Seguridad Social están estudiando la sentencia, conocida este miércoles, y trabajan para determinar los plazos de aplicación, así como en los cambios necesarios en las aplicaciones informáticas.

El pasado mes de mayo, Trabajo ya anunció que revisaría el cálculo de la pensión de jubilación en el trabajo a tiempo parcial para comprobar si hay discriminación, después de que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) lo pusiera en cuestión.