Los 992.940 contribuyentes gallegos que solicitaron el borrador de la Renta, que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ya está enviando, podrán confirmarlo a partir de hoy, según informó el Ministerio de Economía y Hacienda en un comunicado.

Esta cifra supone un incremento de un 10,71 por ciento con respecto a las solicitudes presentadas en 2007 en Galicia, que fueron, según el departamento que dirige Pedro Solbes, 896.860 en total.

Una vez que el contribuyente reciba el borrador, debe revisarlo, para así completar o rectificar la información precisa antes de confirmarlo, ya que este trámite supone la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

El plazo de confirmación concluye el 30 de junio, el último día de Campaña de Renta, salvo si el resultado es a ingresar y se domicilia el pago, en cuyo caso, el plazo acaba el 23 de junio, explicó el ministerio.

Las primeras devoluciones de borradores confirmados con resultado a devolver comenzarán a hacerse a partir del 16 de abril, indicó Economía, que apuntó que hasta el momento se han enviado 2,5 millones de borradores en toda España.

Proceso

Cuando el contribuyente solicita el borrador, la Agencia Tributaria analiza sus circunstancias y, si reúne las condiciones fijadas por ley, envía el borrador por correo al domicilio, excepto si el solicitante hizo la petición por internet con certificado de usuario. En este caso, podrá acceder al mismo a través de su ordenador.

En los supuestos en los que no corresponda el borrador, la Agencia Tributaria siempre remitirá los datos fiscales al contribuyente con el fin de ayudar a la confección de la declaración. El borrador y los datos fiscales se pueden solicitar hasta el 23 de junio.

Con el fin de facilitar la revisión, este año se relacionan en las cartas que acompañan al documento algunas de las circunstancias que pueden no recogerse en el borrador para que el contribuyente las tenga en cuenta a la hora de comprobarlo.

Modificar o rectificar el borrador

Cuando el contribuyente desee modificar el borrador puede hacerlo a través de Internet, en www.agenciatributaria.es; por teléfono en el 901 200 345, o personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria o en entidades colaboradoras. La Agencia Tributaria amplió el ámbito de contribuyentes que pueden hacer la declaración por esta vía y elaboró un modelo que no puede ser confirmado directamente, sino que requiere que se complete algún campo previamente.

El ministerio recordó que existen algunos supuestos en los que el documento no puede ser confirmado, como en el caso de que salga a pagar pero el contribuyente no esté obligado a declarar.