Ultimátum judicial al Concello de Tui: un mes para derribar la pirotecnia La Gallega. El juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra ha emitido un auto en el que insta al gobierno local al "desalojo, vaciado y demolición" de las instalaciones en Baldráns en "un último e improrrogable plazo" de 30 días. Su dueño está en prisión preventiva desde el pasado mes de mayo por la explosión de un almacén clandestino situado en la zona de Paramos y que causó la muerte a un matrimonio, decenas de heridos y cuantiosos daños materiales.

El magistrado también autoriza a la administración local a entrar por la fuerza en las instalaciones, valiéndose de la Policía Local y de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en caso de que sus propietarios lo impidiesen.

Aunque contra el auto cabe interponer recurso de apelación ante el TSXG, el juez advierte que "por sí mismo no suspende la ejecutividad" de su resolución.

En escrito recuerda que existe una sentencia de 2014 que anuló la licencia de obra de legalización y de actividad de esas instalaciones. En 2017, el denunciante instó la ejecución de dicha sentencia y, a partir de ese momento, se presentaron "numerosos escritos" por las partes personadas en el proceso.

El juzgado remitió al Ayuntamiento de Tui varios requerimientos para que ejecute la sentencia, que obliga al desalojo, demolición de las instalaciones y cese de la actividad de la pirotecnia pero, según ha constatado el juez, más de 3 años después de dicha sentencia, no se ha avanzado en su ejecución.

De hecho, debido a esa situación, el juzgado impuso dos multas coercitivas personales al alcalde de Tui, Carlos Vázquez Padín, por importe de 300 y 1.500 euros respectivamente.

El pasado 9 de noviembre, el alcalde remitió al juzgado un cronograma para proceder a la demolición de las instalaciones pero el magistrado ha indicado, en su último auto, que no acepta dicho cronograma porque resulta "demasiado dilatado en el tiempo".

Además, subraya el juez, "el peligro que conlleva para la seguridad pública" la existencia de unas instalaciones pirotécnicas donde todavía se realiza actividad "de manera clandestina e ilegal", puesto que carece de las preceptivas licencias urbanísticas.

"Urgencia, gravedad y premura"

"Dada la urgencia, gravedad y premura del asunto, un mes es tiempo más que suficiente para poder alcanzar este resultado. No procede ya concederle más plazos a los propietarios para la ejecución voluntaria, debe realizar directamente la Administración la ejecución subsidiaria", reza el auto del juzgado de Tui.

Para ello, insta al Ayuntamiento a ponerse en contacto con la Subdelegación del Gobierno para que Policía Local y TEDAX de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se coordinen para "forzar la entrada del recinto" y proceder a trasladar y destruir el material explosivo, como paso previo a la demolición.

Así, el juzgado establece que, en un plazo de diez días, los cuerpos policiales deberán inspeccionar la pirotecnia, entrando por la fuerza su los propietarios no acceden de forma voluntaria y, en los 20 días siguientes, procederán al desalojo del material.