El nuevo articulado aprobado por el Ministerio de Agricultura y Pesca alude a la regla VIII/1 del convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente del mar de 1978, en la que se establece que las administraciones deben adoptar medidas adecuadas para prevenir el consumo de drogas y alcohol a bordo. En este sentido, "si bien dicha norma internacional no es de aplicación a los buques de pesca, no es menos cierto que es aconsejable adoptar medidas que afecten a los tripulantes de la flota pesquera española que tienen asignadas tareas relacionadas con la seguridad, la protección y el medio ambiente marino", advierte el Gobierno. De ahí que en el nuevo Decreto se incorpore una regulación a tal efecto.