Circular a más de 200 km/h en una autovía, sin computar el margen de error del radar, supone un delito. El límite general es de 120 km/h y el cinemómetro no salta hasta los 128. La A-52 registra excesos flagrantes, aunque son extraordinarias las denuncias a conductores que incurren en delito. Y eso pese a que los radares cuentan con un sistema de aviso a las patrullas para evitar que los conductores extranjeros queden impunes, como en el pasado, salvo que se les diera el alto.

El juzgado de lo Penal 2 de Ourense acogió ayer un juicio contra un conductor acusado de circular a 215 km/h. A las 16.55 horas del 8 de febrero de 2015 fue detectado por un radar en el kilómetro 184 de la A-52, en Trasmiras. El proceso se resolvió con conformidad: el acusado aceptó multa de 1.080 euros y un año sin carné.