Ni nulidad de escuchas telefónicas, ni falta de motivación para las mismas, ni falta de pruebas, ni error en la apreciación de los hechos. El Tribunal Supremo ratifica la actuación del Juzgado de Instrucción 4 y la sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia en Vigo en el procesamiento y condena a 4 años y medio de prisión y multa de 6.854 euros por tráfico de drogas al lucense Marcos C.R., erigido en "sustituto" del capo de la mafia italiana Giovanni Lo Re, líder de una organización asentada en la ciudad olívica donde fue detenido en 2008 y extraditado a su país.

El auto del Supremo destaca que tras el arresto del siciliano Marcos le sucedió "realizando actividades de quien lidera un grupo, preocupándose de buscar a Lo Re un abogado en Madrid, coordinando las actividades entre la parte española e italiana de la organización, utilizando para la realización de dichos cometidos los teléfonos móviles que utilizaba Giovanni Lo Re".

El Alto Tribunal valida las escuchas telefónicas cuestionadas por la defensa de Marcos C.R. que consideraba que la juez instructora no motivó suficientemente el auto de intervención de las comunicaciones que llevaron a juicio al lucense por una entrega de cocaína en una gasolinera de La Cañiza en la A-52.

Así, recuerda en su auto, que del informe que presentó a la magistrada de Vigo el equipo de Delincuencia Organizada de la Guardia Civil se desprende "la existencia de una organización que se dedicaba al tráfico de estupefacientes a pequeña y mediana escala, blanqueo de capitales, tráfico de armas, extorsiones; así como trata de personas para dedicarlas a la prostitución, con una estructura jerarquizada en ña que sus miembros vivían juntos, o al menos en muchas ocasiones, estando a la cabeza Giovanni Lo Re como principal referente del grupo, quien da órdenes a los otros con quienes se relaciona con cierta actitud de prepotencia". Motivos suficientes en opinión del Supremo para acordar las intervenciones telefónicas.

El alto nivel de vida de la organización de Lo Re en Vigo delató al grupo, según el auto del Supremo. La Guardia Civil comprobó que no trabajaban y ninguno estaba de alta en la Seguridad Social, pero disfrutaban de coches de lujo y realizaban elevados gastos en hostelería que no se correspondían con la carencia de ingresos legales. También se detectaron numerosos envíos de dinero a través de Western Unión, de manera periódica y siempre en cantidades inferiores a los 3.000 euros; dinero que según el Alto Tribunal "carecía de origen justificado".

El arresto en Vigo de Lo Re en 2008, reclamado por Italia, y su extradición frustró el asentamiento de su organización, que se desinfló, y finalmente la investigación judicial, que ocupaba más de 5.000 folios acabó archivándose. El siciliano quedó poco después en libertad en Italia y regresó a Vigo, aunque se afincó en Portugal donde fue detenido en 2010 con otros tres supuestos integrantes de la Camorra también pro presunta organización criminal.

Pero las escuchas telefónicas a la organización permitieron controlar la entrega de un paquete de 200 gramos de cocaína de Marcos C.R., con antecedentes por tráfico de drogas en Ourense, a otros dos hombres en la autovía A-52. Los dos individuos fueron interceptados y se les intervino la droga oculta en el falso techos del coche. Ambos fueron juzgados y condenados a penas de 4 años y 3 meses en Ourense. Marcos C.R. fue juzgado en Vigo el año pasado y condenado a 4 años y medio de prisión. Pena que ahora ratifica el Supremo.