El Tribunal Supremo ha rechazado los diversos recursos presentados por la Red de Medios Comunitarios y otras televisiones, sin ánimo de lucro, contra el Real Decreto por el que se autorizó el Plan Técnico Nacional de la TDT.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictaminado su veredicto, desestimando la petición de los recurrentes, Federación de Asociaciones para el Desarrollo Comunitario de Vallecas, que denunciaban que no se había garantizado la disponibilidad de dominio público radioeléctrico para los que prestaban servicios comunitarios sin ánimo de lucro.

Pese a las numerosas denuncias llevadas a cabo por los medios comunitarios, el Supremo ha hecho alusiones a un informe pericial que determina que "no ha quedado acreditado que la planificación llevada a cabo por el Real Decreto cierre el espectro radioeléctrico a estos medios".

Según dicho informe, "actualmente no existen razones técnicas y legales que impidan a la Administración General de Medios planificar y asignar dominio público radioeléctrico" a las entidades comunitarias sin ánimo de lucro.

La Red de Medios Comunitarios lanzó el pasado año la campaña #DemocratizaLasOndas con la que se denuncia el actual reparto del espectro.