El juzgado de lo Penal 2 de Pontevedra ha decidido absolver a dos antiguos directivos de la extinta Factoría Naval de Marín que estaban siendo acusados por la Fiscalía Provincial y la Abogacía del Estado por fraude de subvenciones. De hecho, el Ministerio Público solicitaba una pena de tres años de cárcel para cada uno de ellos y la devolución al Estado de medio millón de euros de subvención (la Abogacía del Estado elevaba esta cifra al millón de euros) por destinar unas ayudas supuestamente destinadas a reorientar el astillero a la fabricación de megayates a la construcción de otro tipo de buques. Además, reclamaba del juzgado la imposición de fuertes multas de hasta 2,5 millones de euros para los dos acusados. El magistrado titular del juzado de lo Penal 2, sin embargo, no acoge las tesis de la Fiscalía y absuelve a ambos acusados de todos los cargos.

Se trata del que en los años 2008 y 2009 fue vicepresidente y consejero delegado de Factoría Naval de Marín, R. P. C. V.; así como del que era también en aquella época director general técnico del astillero, O. A. I. D. En mayo de 2012, Factoría Naval de Marín solicitó al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio una subvención por valor de un millón de euros al Fondo de Reestructuración Naval con el objeto de desarrollar en el astillero marinense el conocido proyecto de "reingeniería de los procesos organizativos y productivos" para acometer construcciones y reparaciones de megayates, un negocio hacia el que se quería reorientar la actividad de la empresa radicada en los terrenos de la autoridad portuaria.

La ayuda se concedió, pero tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado mostraron sus recelos por un total de 8 facturas por valor de 2,5 millones de euros que creían que habían sido incluidas en la justificación de la subvención pero que habían sido destinadas a otro tipo de embarcaciones distintas a los megayates.

La sentencia es clara a la hora de señalar la inocencia de los dos acusados. Aunque estos documentos eran una modificación de facturas anteriores, "se referían a trabajos efectivamente realizados en otros buques que no eran megayates pero que suponían una actividad innovadora en el astillero y relativos a procesos constructivos aplicables a los megayates".

Es decir, que el magistrado del juzgado de lo Penal acoge la tesis que defendieron los dos acusados durante la celebración del juicio en diciembre señalando que estas actuaciones en otro tipo de barcos sí servían para ir preparando el astillero para operaciones nunca realizadas hasta entonces y que se iban a emplear en el nuevo negocio de los megayates.

Así, una por una, la sentencia va analizando los trabajos que se describen en las facturas puestas en tela de juicio por la Fiscalía y el abogado del Estado y concluye finalmente que "de lo anterior solo es posible, a mi juicio, inferir que las facturas no son falsas, sino que son verdaderas y recogen trabajos realmente realizados y trabajos innovadores cuya finalidad última era desarrollar las habilidades para poder aplicarlos en la construcción de megayates".

Trabajos reales e innovadores

Indica que de todas las testificales escuchadas en el juicio deriva que en esas facturas "se recogen trabajos que no habían sido realizados con anterioridad en la empresa Factoría Naval"y que los testigos describen ""actuaciones que realizaron" y que "eran innovadoras".

Pero es más, el magistrado llama la atención especialmente sobre la declaración de la persona que hizo de intermediaria entre el Ministerio y Factoría Naval de Marín para la obtención de la citada subvención. Un testimonio del que se deriva, dice la sentencia, que la inclusión de esos trabajos y de esas controvertidas facturas en el objeto de la subvención por parte del desaparecido astillero "se hizo a sugerencia del propio Ministerio de Industria".