Cuatro años y 10 meses de prisión es la pena impuesta por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra a Wilmer F. L., quien a finales de marzo pasado fue juzgado en la ciudad del Lérez como uno de los autores de un violento atraco que sufrió la familia de un conocido constructor de Baión (Vilanova de Arousa).

La condena es significativamente menor de la que solicitaba al tribunal el Ministerio Fiscal, quien reclamaba una condena de 16 años y 8 meses de prisión. Cinco años y ocho meses por el delito de robo con violencia y cinco años y medio más por cada uno de los dos delitos de detención ilegal del que lo acusaba. Si bien la Audiencia considera que el acusado es autor de un delito de robo con violencia, absuelve a Wilmer F. L.de los dos delitos de detención ilegal.

Según el relato de hechos probados, sobre las 21.30 horas del 4 de febrero de 2015, el acusado, en compañía de otras tres personas que no han sido identificadas, irrumpieron en el domicilio de este constructor y su familia en el lugar de O Rodo, Baión. Lo hicieron a través de una puerta que no se encontraba cerrada con llave, y lo hicieron vistiendo ropa oscura, con guantes y pasamontañas. Además iban armados con dos cuchillos y dos pistolas.Allí conminaron a este constructor y a su mujer a que les dijesen donde estaba la caja fuerte, atando de pies y manos al empresario con bridas y trasladando a otra estancia a su mujer, que le indicó donde estaba la caja fuerte y les entregó las llaves de la misma, en el piso superior de la vivienda, endonde también la ataron de pies y manos.

Niño de ocho años

Minutos más tarde llegó al domicilio familiar la hija del matrimonio acompañada de su hijo de ocho años de edad. Los asaltantes, entre ellos el acusado, procedieron a amedrentarla con un cuchillo y también la ataron de pies y manos, apoderándose de su bolso. Al niño lo dejaron sin atar.

El acusado y sus acompañantes se apoderaron en la vivienda de un sobre con 600 euros que el constructor llevaba en su bolsillo, otros 6.000 euros que hallaron en la caja fuerte, joyas, abrigos y chaquetones de pieles, así como bolsos, una cubertería de plata y otros elementos electrónicos.

El tribunal concluye que el acusado es el autor de los hechos y argumenta esta decisión en varios factores. En primer lugar en las declaraciones de los miembros de la familia que sufrieron el asalto y que explicaron lo sucedido "transmitiendo una impresión de sinceridad y claridad". Aunque no pudieron ver los rostros del asaltante, sí señaló la hija del matrimonio que el que les hablaba tenía acento sudamericano, probablemente colombiano, que es la nacionalidad del acusado Wilmer F. L.

Pero sin duda uno de los elementos clave para el tribunal son los restos de ADN hallados en una de las bridas con las que ataron a las víctimas y que son plenamente coincidentes con el perfil genético del acusado. Este, durante el juicio, había negado la autoría de los hechos afirmando incluso que nunca había estado en Galicia. Justificaba la aparición de estos restos de ADN suyos en estas bridas en el hecho de las malas compañías con las que andaba, "gente que se dedicaba a esto" y aseguraba que podría haber tocado las bridas antes de que se cometiera el delito. El tribunal no considera lógica esta versión y concluye que dejó esta huella biológica cuando colocó las bridas a las víctimas del robo. Sin duda, el ADN lo sitúa en el escenario del delito.

Pero hay otro elemento más que relaciona a Wilmer con la casa de Baión en la que se produjo el asalto, tal y como destaca el tribunal. La declaración de un testigo que afirmó ver en las inmediaciones del chalé un Peugeot del que anotó parte de la matrícula. Un coche de un modelo y un color exactamente igual a uno que tenía el acusado y con el que además coincidían las letras de la matrícula anotadas por el estigo.

Retenidos unos 15 minutos

Confirmada la autoría del robo por parte del acusado, el tribunal entiende, no obstante, que debe absolverlo de los dos delitos de detención ilegal de los que también era acusado por la Fiscalía. Entiende que la retención de los habitantes de la casa durante el periodo que duró el asalto se incardina también dentro del delito de robo y no constituye un ilícito separado.

Señala la declaración de las propias víctimas, quienes explican que permanecieron maniatados durante unos 15 minutos, tiempo en el que los asaltantes registraron la casa en busca de objetos de valor y que después ellos mismos lograron liberarse con ayuda del niño de 8 años al que los ladrones dejaron sin atar. "Puede establecerse que la duración de la detención no excedió de la duración temporal referida al hecho central del apoderamiento", señala el fallo.