La declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2015, a presentar antes del 30 de junio, incluye una reforma fiscal más dura con la segunda vivienda vacía.

La tributación de los inmuebles varía en función de si se trata de una vivienda habitual, si está alquilada o si se trata de la segunda vivienda.

Los propietarios de segundas o más residencias no explotadas, esto es, las que no están alquiladas o que no cuenten con una actividad económica, deben asumir el aumento de las rentas imputadas sobre estos bienes inmuebles. El aumento pasará al 2 por ciento del valor catastral si este no ha sido revisado en el presente ejercicio o en los diez años anteriores. La imputación se realiza en proporción al número de días que el inmueble no haya estado alquilado.

Respecto a la venta de inmuebles, hay que pagar impuestos por la ganancia o pérdida patrimonial, que tributa entre el 19 y el 23 por ciento.

En determinados casos, la venta de viviendas puede estar total o parcialmente exenta, como en el supuesto de que se reinvierta el importe en la compra de una nueva vivienda habitual cumpliendo ciertos plazos o de que se trate de personas mayores de 65 años, que están totalmente exentas.