El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha retirado al alcalde la potestad de permitir que los agentes de la Policía Local patrullen de paisano en situaciones "concretas y puntuales" como el control del botellón, las noches de peñas o las reuniones multitudinarias por fiestas u otros motivos. Desde el verano pasado, el Concello dictaba resoluciones en las que se autorizaban estas tareas sin la obligada uniformidad, sobre la base de un artículo de la nueva ley de policías locales de la Xunta, que eximía a los gobiernos locales de solicitar autorización a la Subdelegación del Gobierno. Este organismo entabló entonces un recurso judicial que perdió en primera instancia. En octubre pasado, un juzgado de Pontevedra avalaba esas patrullas de paisano. Sin embargo, el TSXG acaba de dar la razón a la Subdelegación y revoca aquella primera sentencia. En consecuencia, anula los decretos del alcalde sobre la exención del uso del uniforme y pone además en entredicho el citado artículo de la ley de la Xunta.

Así, el informe jurídico solicitado por el gobierno local para analizar esta última sentencia, conocido ayer por el Concello, detalla que "la sentencia acepta el recurso interpuesto por el Estado, anula el decreto de la Alcaldía (que permitía patrullar de paisano) y declara nulo el artículo" de esa ley autonómica. Por ello, el informe añade que "contra el pronunciamiento de la sentencia por la que se anula el decreto municipal no cabe recurso alguno, por lo que ese decreto queda son efecto". En cambio, explica que "si cabe la formulación de un recurso de casación contra el pronunciamiento anulatorio relativo al precepto de la disposición autonómica de carácter general, por lo que, sin perjuicio de que su defensa deba ser asumida propiamente por la Xunta, procede presentar tal recurso, a pesar de las serias dudas que tenemos en cuanto a que prospere", advierta ya el letrado asesor municipal