Las responsabilidades por la muerte de un trabajador en una obra municipal en Santa Cristina de Cobres, Vilaboa, en el año 2009, se dirimirán el próximo 20 de octubre en el juzgado de lo Social de Vigo. Concello y empresa constructora bajo cuyas órdenes trabajaba el fallecido, se enfrentan a una demanda de la Seguridad Social en lo que se refiere a indemnizaciones por defunción, viudedad y orfandad, que superan los 5.000 euros. Además la Inspección de Trabajo impuso al Concello de Vilaboa una multa por más de 82.000 euros.

Empresa y Concello de Vilaboa han presentado recursos en los que se responsabilizan mutuamente de una excavación a mayor profundidad de la prevista en el proyecto y que llevó a la muerte del trabajador, sepultado por la tierra y las rocas que se desprendieron sobre él. El operario, de 44 años de edad y vecino de Ponteareas, estaba trabajando en la instalación de la red de saneamiento del barrio de Areiros, en Santa Cristina de Cobres.

En su alegato, Construcciones Vale S.L., domiciliada en Salvaterra de Miño, argumenta que los días 30 y 31 de julio de 2009 (este último se produjo el accidente), el alcalde y representante de la promotora (el Concello de Vilaboa), ordenó al palista que ahondara en la zanja prevista inicialmente a 1,20 metros, para conseguir alcanzar una cota que diera servicio al alcantarillado de una vivienda que había sido excluida del proyecto.

Así, la empresa entiende que el accidente se produjo como consecuencia de una actuación ordenada por el "propietario y director" de la obra, actuando al margen de cualquier responsable de la empresa o técnico del proyecto. Alega que el trabajador actuó por "temor reverencial" al alcalde, a espaldas de la empresa constructora y sus responsables, que no se encontraban en el lugar "dada la simplicidad del trabajo".

Por su parte, el Concello responsabiliza a la empresa de las actuaciones de sus obreros y afirma que el alcalde no dio orden alguna sobre el modo de realizar la zanja.

Responsabiliza a los trabajadores que en ese momento se encontraban ejecutando la obra de una actuación "imprudente", ya que en sus testimonios aseguraron que nadie les había indicado las características que debía tener la zanja, porque "como el trabajo es más o menos siempre el mismo, ya lo venían haciendo ellos mismos".

Según este relato, un vecino les pidió que profundizaran un poco más en la zanja en la que debían instalar una tubería porque, al parecer, "ya había hablado con el alcalde y le había dicho que no había ningún problema al respecto".

En la comparecencia previa de los testigos se expuso también –según el recurso del Concello– que cuando se trata de poca diferencia de profundidad en una actuación de este tipo, la responsabilidad la asume el palista. Solo si la diferencia es muy significativa se pregunta antes al jefe o encargado de la obra.

Fueron además los propios trabajadores quienes consideraron innecesario entibar la zanja porque el terreno les pareció suficientemente duro y resistente, según el alegato, que también responsabiliza a los obreros de la decisión de profundizar hasta los 3,5 metros, como les había sugerido un vecino.

El recurso del Concello alega que no existe un nexo causal entre el siniestro y el encargo del titular de la obra y que se produjo una "conducta imprudente" por parte de los propios obreros que originó el trágico desenlace.

El ayuntamiento entiende además que es el empresario quien debe responder por las consecuencias del suceso y que no se puede exigir al contratista que "vigile" el cumplimiento de la normativa de seguridad en el trabajo.