El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha admitido la pretensión de la Diputación Provincial de Pontevedra, de que los municipios cobren tasas a las empresas que instalan parques de aerogeneradores en su territorio. Una sentencia del alto tribunal gallego obliga a la empresa “Enerfín” a pagar 85.764 euros al Concello de Rodeiro en concepto de ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras ). El recurso fue planteado por la Diputación de Pontevedra, a través de su organismo autónomo ORAL. En Pontevedra, 30 ayuntamientos acogen 1.257 aeroxeneradores de firmas de energía eólica.

La Diputación de Pontevedra, a través del Organismo Autónomo de Recaudación de Arbitrios Locales (ORAL) inició en abril de 2006 diversas actuaciones inspectoras, que remataron con la inclusión del parque eólico de Monte Cabeza y Farelo, en el Concello de Rodeiro, en la matrícula del IAE y con una liquidación para los ejercicios 2005 y 2006 por un imponerte total de 85.764,07 euros.

El presidente provincial, Rafael Louzán, manifestó su satisfacción por esta sentencia, que considera que sentará jurisprudencia y que contribuirá a “salvar” las arcas municipales durante el próximo año (de previsible crisis), de modo que los concellos puedan mantener por esta vía los ingresos que dejarán de percibir por otras.

La empresa Galicia Viento, S.L. recurrió la inclusión y la liquidación ante el ORAL, alegando que estaba exenta del ICIO y que, en todo caso, no le correspondía el epígrafe en el que se le incluyó. La dirección del ORAL desestimó las pretensiones de la entidad, considerando la exención no aplicable por ser, esencialmente, Galicia Viento, S.L. empresa del grupo empresarial a que pertenece Enerfín, S.A., quién ya venía realizando la actividad. Contra la resolución de la dirección del ORAL fue interpuesto recurso contencioso-administrativo, que ahora se falló en contra.