El titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de Ourense, Leonardo Álvarez, desestimó el recurso de reforma interpuesto por la defensa de José Luis Baltar contra la personación del PSOE y Manos Limpias en el proceso como acusación particular.

El letrado Emilio Atrio ha intentado en dos ocasiones frenar la participación de ambas partes en la causa que se sigue contra el expresidente de la Diputación, José Luis Baltar, por prevaricación administrativa, pero no lo ha conseguido. De hecho, el auto dictado por el juez Álvarez con fecha del 22 de marzo desestima este segundo intento y confirma íntegramente el texto del auto del 14 de febrero en el que ya se validaba la personación de los socialistas y de Manos Limpias como acusación particular. En este caso, impone además, las costas ocasionadas por este incidente a José Luis Baltar.

El recurso presentado por Emilio Atrio el pasado 21 de febrero impugnaba el acuerdo de personación en base a tres argumentos fundamentales. En primer lugar, por entender que las dos entidades no estaban debidamente identificadas, y también porque no se les exigió la necesaria querella, lo que a juicio de la defensa de Baltar Pumar, vulnera el artículo 761 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Por último, el letrado Emilio Atrio advertía falta de legitimación de las dos partes personadas para ejercer la acusación popular "al no tener un interés legítimo", según reproduce el juez Álvarez en los fundamentos jurídicos de su auto de desestimación.

El instructor responde asegurando que las entidades personadas están "perfectamente identificadas" en sendos poderes notariales con fecha del 29 de enero en el caso del PSOE, y del 11 de enero en el de Manos Limpias. Dichos poderes, añade, "son suficientes para habilitar a sus representaciones legales para actuar", por lo que procede "rechazar" el primer motivo de impugnación.

En relación a la inexistencia de querella, el juez recuerda que "la jurisprudencia es clara a la hora de afirmar que cuando un procedimiento lo pone en marcha la representación legal del Ministerio Fiscal, cualquier interesado que se persone en las actuaciones no necesita ni presentar querella ni prestar fianza en tanto y en cuanto se limite a seguir el procedimiento sin alterar el objeto del mismo".

En este caso, cabe recordar que la actuación contra el expresidente de la Diputación, José Luis Baltar, la inició la Fiscalía de Ourense a partir de la documentación presentada precisamente por el PSOE hace dos años. La querella fiscal admitida por el Juzgado de Instrucción número 1 ha puesto en marcha una investigación que señala a Baltar Pumar como responsable de un supuesto delito de prevaricación continuada por 104 contrataciones irregulares que él autorizó en 2010 en el entorno temporal del congreso provincial del PP que aupó a su hijo José Manuel como presidente y le acabaría llevando un año después al sillón de mando de la Diputación.

En cuanto a la falta de interés legítimo por parte del PSOE y Manos Limpias en el caso que ha devuelto al exbarón popular al foco mediático cuando él ya se había retirado voluntariamente hacia la jubilación, el juez Álvarez desestima también el motivo de impugnación. En este punto sostiene que al tratarse de un procedimiento abierto contra el expresidente de la Diputación de Ourense por un presunto delito de prevaricación "es de recibo reconocerle interés legítimo al PSOE dado los intereses públicos que representa (el de todos sus afiliados y votantes)". Para el juez instructor es "indudable" que un partido político con representación en un ente público "tiene evidente interés en conocer el desarrollo de un procedimiento en el que se investigan las actuaciones realizadas por un cargo publico en el ejercicio de sus funciones". Lo mismo ocurre con Manos Limpias, "puesto que como cualquier sindicato, su fin último es proteger y defender los intereses de los trabajadores que indudablemente pueden haberse visto vulnerados".

El juez instructor rechaza también el argumento de la defensa acerca de que ambas partes personadas persiguen "fines espurios". Leonardo Álvarez destaca que la defensa no ha aportado ninguna prueba que justifique esta afirmación y, de hecho, apunta que "la actuación de los representantes legales de las acusaciones particulares ha sido absolutamente ejemplar" en todo el proceso, "sin haber dado motivo alguno para dudar de la finalidad que se persigue".