Las multas coercitivas por el incumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que ordena la demolición del edificio número 4 de la calle Noria de Cangas, donde viven 60 familias, empiezan a surtir efecto. La junta de gobierno, en su sesión del día 16 de noviembre y tras la declaración de urgencia acordó por unanimidad y a propuesta del alcalde, Xosé Manuel Pazos, iniciar el expediente de contratación para la demolición ordenada por el TSXG, solicitando informes de los servicios económicos y encargados de la ejecución material del Concello. Los propietarios de los pisos de Noria 4 recibieron el acuerdo de la junta de gobierno, ya que tenían que ser notificados porque disponen ahora de 15 días hábiles para consultar en el departamento de Urbanismo, el estudio técnico elaborado y formular las alegaciones que se estimen convenientes.

La junta de gobierno asegura que adopta el mencionado acuerdo ante la comunicación remitida por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en la que se requiere para que se informe sobre el estado de ejecución de la sentencia. En el año 2011, cuando se hizo pública la decisión también del TSXG de demoler parte del edificio de Noria 2, las autoridades municipales y la comunidad de vecinos de Noria 4 comunicaron que faltaba por llegar el fallo del Tribunal Supremo al recurso de casación interpuesto por los demandando en el caso del edificio número 4 de la calle Noria. A partir de ahí no se supo nada más. Sí de la actuación municipal respecto a Noria 2, un inmueble gemelo. Hay una diferencia sustancial respecto a uno y otro edificio. El inmueble Noria 4 carece de licencia municipal, mientras que el Noria 2 la consiguió en 18 de noviembre de 1999. Lo que ambas construcciones vulneran es el exceso de edificación.

El Noria 2 también está amenazado. Cabe recordar que fue un auto del 4 de febrero de 2011 del TSXG el que ordena al alcalde del Ayuntamiento de Cangas que proceda a ejecutar la sentencia, bien directamente por los propietarios, bien por sustitución, antes del 1 de julio de 2011. Como se puede comprobar, el Concello no cumplió el auto. El gobierno del Partido Popular realizó un proyecto de demolición, realizó tasaciones y solicitó informes, incluso hubo reuniones con miembros de la adjudicatura para explicarles que 60 familias podían quedar sin piso donde vivir.

El Plan Xeral que manejaba el anterior gobierno sí contemplaba la legalización de los dos edificios, no obstante la sentencia del TSXG respecto al número 2 dejaba claro que "la aprobación de un nuevo planeamiento urbanístico no es por sí sola razón por sí sola para tener legalizada una obra ejecutada en contra del ordenamiento vigente. No basta con declarar que la demolición del edificio ilegal dañaría otros elementos ajenos o edificios colindantes para conseguir un autor que declare la inejecución por imposibilidad material, sino que se debe aportar quien pretende conseguir este efecto favorable, al menos un principio de prueba que lo avale, en este caso, un proyecto técnicos ajustado a la legalidad con una solicitud de legalización dirigida al ente local para que lo examine y se pronuncie, tras lo cual resolverá la sala juzgadora". El nuevo alcalde de Cangas, Xosé Manuel Pazos, nada más tomar posesión de su cargo tuvo que recurrir las multas coercitivas que llegaban.

El grupo municipal del PP que lidió con este conflictivo asunto durante los últimos cuatro años responsabiliza de la situación a la forma en la que se realizó el expediente de infracción urbanística con sus órdenes de demolición en el año 1990, cuando Mariano Abalo era alcalde de Cangas. Asegura que se abrieron 6 expedientes demolición, uno por cada planta, en vez de realizar uno solo por todo el edificio. En el año 190 se acordó que "esta alcaldía, vistos os preceptos legais de ampliación do caso, en especial o artigo 228 do texto refundido da Ley sobre réxime do Chan e Ordenación Urbana de data 9 de abril do 1976, e 64 do Reglamento de Disciplina Urbanística do 23 de xuño do 1978, con esta data en virtude das facultades que teño conferidas resolvo impoñer a do José Luis Álvarez Souto a sanción de 500.000 pesetas correspondente o 20% do valor da referida obra. 4º 106/90 se valora en 2.700.000 pesetas o 20% son 540.00 pestas; 2º 104/90 a misma valoración e a mesma multa, igual que o 3º, mentras que el 1º valorase en 2.520.000 pesetas, el 20% son 504.000 pesetas, igual que entresuelo e baixo". El grupo municipal del PP manifiesta que Abalo realizó este procedimiento porque si las multas no superaban las 500.000 pesetas era competencia de los alcaldes tramitar las infracciones y las demoliciones, siempre que el municipio no superara los 50.000 habitantes. Asegura el portavoz del PP, Rafael Soliño que si la multa era superior a las 500.000 pesetas el concello ya no tenía la competencia, la tenía el Gobierno Civil.