Un vecino de Moaña Manuel Riobó Pastoriza, en representación de la entidad Construcciones y Montajes Pérez del Río S.L. ha interpuesto un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo para reclamar la concesión del antiguo embarcadero de la playa de Rodeira, en Cangas, en desuso aunque cuya recuperación defiende el Concello para la puesta en marcha de un servicio de barco a las playas. El recurso se presenta contra el acuerdo del Consejo de Ministros del 11 de octubre de 2013 por el que se desestimó la solicitud de declaración de nulidad de la orden Ministerial de 15 de octubre de 2008, declarando la caducidad de la concesión del embarcadero. El reclamante alega que no es justo que se declare la caducidad de la concesión por cuanto adquirió sus derechos en pública subasta en 2002 por un embargo de la Agencia Tributaria al primer concesionario Vapores de Pasaje, empresa que ejercía el monopolio del transporte marítimo de pasajeros en la ría de Vigo. Sin embargo, el dictamen del Consejo de Estado por el que se declaró la caducidad, señala que se dan tres circunstancias de la Ley de Costas como que la concesión estaba abandonada desde hace tiempo, no se pagaron las tasas y no se conservaron las obras en buen estado. Respecto a la subasta, reconoce que la Ley establece que las concesiones no son transmisibles por lo que podría existir responsabilidad patrimonial de la Administración del Estado por dicha enajenación, pero debería solicitarla el perjudicado.

Los orígenes de este muelle se remontan a 1945 cuando Vapores de Pasaje obtuvo la autorización del Gobierno para su construcción. La autorización, según la resolución de la Dirección General de Puertos, se concedió a Juan José Lagarda Ferro, como gerente de la empresa, de acuerdo al proyecto del ingeniero de Caminos, Eduardo Cabello. Quedaba obligado a conservar las obras en buen estado y a pagar un canon, sin plazo limitado, sin perjuicio de tercero, por un importe de 50 céntimos por metro cuadrado ocupado y año.

En junio de 2002, la Agencia Tributaria sacó a subasta la concesión para cobrar una deuda de 338 euros. El derecho concesional del muelle fue valorado en 1.858 euros.

Tras dos subastas públicas desiertas, se resolvió por adjudicación directa el 10 de octubre de 2002 aunque en el dictamen del Consejo de Estado no figura el nombre del nuevo concesionario. Sí consta que fue adquirido el derecho por 606 euros, pagados por ingreso de efectivo en la Agencia Tributaria en Pontevedra.

El dictamen del Consejo de Estado añade que el concesionario informó al Concello de Cangas en septiembre de 2004 el referido cambio de titularidad de la concesión administrativa y su propósito de reactivar el servicio de embarcadero "a cuyo efecto dice estar realizando estudios para la consolidación y refuerzo del muelle", pero añade "documentos que no aporta". La misma comunicación la realizó el interesado el 5 de octubre a Costas de Pontevedra solicitando que se le explicitarán las obligaciones económicas pendientes y el modo y el lugar de atenderlas. El 15 de octubre Costas le informó que la concesión está sin actividad desde hace muchos años, por lo que se incoaría expediente de caducidad de la misma conforme la Ley de Costas de 1988. En febrero de 2005, el Concello de Cangas solicitó a Costas que rescatara la concesión, dado el interés público que representaba. Y en marzo de 2005, el Servicio Provincial pide a la Dirección General de Costas autorización para incoar expediente de caducidad, por abandono durante más de 10 años. Constan dos informes del Servicio de Vigilancia de Costas, el primero de diciembre de 1993 en el cual se precisa que hace 5 o 6 años el embarcadero se reparó y utilizó, pero a esa fecha ya estaba abandonado. Y el segundo, de 7 de marzo de 2005, en el que se hace constar su abandono y mal estado. En mayo de 2006, Costas autorizó el expediente de caducidad y el afectado presentó alegaciones señalando su propósito de reactivar la actividad propia de la concesión y que el Estado pudo recuperar la concesión antes.