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¿Conducción de primera en montacargas?

En solo diez días dos carretillas elevadoras se vieron implicadas en sendos accidentes con heridos -La asociación de fabricantes de este sector cuestiona las certificaciones

La furgoneta y la carretilla colisionaron frontalmente en el polígono de Silleda. // Bernabé/Javier Lalín

Después de que en menos de dos semanas dos carretillas elevadoras se vieran implicadas en sendos accidentes con heridos en Lalín y Silleda, más de uno comienza a preguntarse si estos sucesos son aislados o hay algún tipo de problema que hay que subsanar para evitar estos percances.

Hay que recordar que el primer incidente tuvo lugar en el Polígono Industrial Lalín 2000 la pasada semana, cuando un trabajador de la firma Megodeza resultó herido grave después de que el montacargas que conducía volcase tras, supuestamente, hacer un giro en una pendiente del polígono. El joven, de 29 años, tuvo que ser trasladado en helicóptero al Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela donde sigue ingresado recuperándose de sus heridas.

Ayer un nuevo accidente con una grúa horquilla ha puesto encima de la mesa el debate sobre el uso de esta maquinaria, que como se observa puede ser peligrosa. Por esta misma razón, el auxiliar de tráfico y seguridad vial Carlos Luis López pone en cuestión los certificados y los cursos de carretilla elevadora que "se pueden encontrar por 50 euros en internet sin ninguna clase práctica", asegura. En este sentido, se hace eco de un informe realizado por la Asociación de Empresarios de Carretillas Elevadoras (AECE) en el que se advierte de la "elevada tasa de siniestralidad dentro de la industria en relación con la maquinaria empleada en la carga, tratamiento, almacenaje, manejo y descarga de materiales".

El dossier recurre a la ley como la solución a este problema, en concreto al artículo 19 de la Ley de Prevención e Riesgos laborales que determina que "el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica suficiente y adecuada, en materia preventiva". Sin embargo, también explica que el citado artículo no determina qué debe entenderse como "suficiente y adecuada" por lo que, al no establecer límites ni reglamentarlo, "cualquier operador inexperto puede manejar estos equipos diciendo que tiene dicha formación y nadie podrá discutírselo", indica. Por eso, critica que "cualquiera puede asegurar que está capacitado para conducir una máquina que puede levantar dos toneladas a cinco metros de altura, con su inexperiencia y falta de conocimiento, y producir una auténtica catástrofe". Así, concluyen que "hasta que no se especifique de forma bien clara qué es una formación teórica y práctica suficiente y adecuada y determine quién debe conducir esos equipos de trabajo y se prohiba su uso a aquellos que no han recibido esa formación, seguiremos viendo como esa curva de siniestralidad sigue incrementándose de forma exponencial".

En contraposición a este informe, una aseguradora lalinense sostiene que los incidentes con montacargas son "casos aislados, para nada habituales". Explica que otros sucesos como caídas de tejado derivados de la ausencia del arnés de seguridad, son más habituales. Además, reconoce que las negligencias por parte del trabajador o incluso del empresario, en menor medida, son difíciles de demostrar. Ya que a ambos les corresponde su parte de responsabilidad. En algunas ocasiones es el empresario o empleador el que hace caso omiso a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no facilitando a sus operarios de los conocimientos y materiales necesarios para impedir que ocurran siniestros en el área laboral. Por otra parte, los empleados tienen su parte de culpa al no utilizar, o hacerlo de manera indebida, los materiales de prevención, tales como cascos, guantes, arneses y demás. Por lo que una vez más, culpan también a las instituciones públicas por no inspeccionar "como es debido" esta tipo de situaciones.

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