La sentencia del Juzgado de lo Contencioso rebaja de los 14.000 euros iniciales a 9.000 la multa que tiene que pagar José Luis Villanueva por picar piedra y aportar arena en su vivero sin permiso de la Xunta. Ese descuento de 5.000 euros se debe, como se explicaba el domingo, a que la Justicia no considera probado que hubiera obtenido beneficio en el momento en que se impuso la sanción, lo cual habría sido considerado un agravante. Lo que tiene que abonar son 4.000 euros en base al agravante de "intencionalidad" y otros 5.000 por "perjuicio causado al medio marino".

Frente a esto, José Luis Villanueva responde: "No me beneficié de nada porque mi parque de cultivo sigue teniendo a día de hoy la misma superficie, y a la hora de pagar el canon de ocupación pagaré lo mismo que pagaba antes de quitar la piedra". Sostiene que si trabajó sobre el vivero, aunque fuera sin el permiso de Mar, se debido a que es "mi deber y obligación mantener el parque en valor".