Un vecino de Portas, B. C. G., ingresó recientemente en la prisión de A Lama para cumplir con la sentencia de cuatro años de prisión impuesta por un juzgado de lo Penal y ratificada por la Audiencia de Pontevedra por la brutal agresión que sufrió una trabajadora social de este mismo Concello como consecuencia de las discrepancias surgidas a la hora de tramitar una RISGA para la hija del agresor.

Cabe recordar que el acusado agredió a la mujer con una barra de hierro, de tal forma que la mujer logró protegerse para evitar que las lesiones fueran todavía mayores, pero aún así le causó fracturas y las consecuencias no dejaron de ser muy graves. Y es que como secuelas esta mujer sufre de graves limitaciones de movilidad en el hombro y trastorno de estrés postraumático, de tal forma que se acabó declarando su incapacidad permanente.

Los hechos además tuvieron también repercusión para el Concello de Portas, puesto que un juzgado de lo Social lo condenó en abril de este mismo año a que se le abone a esta mujer un incremento del 50% de las prestaciones que percibe por la incapacidad temporal y por la invalidez que padece a causa de aquella agresión.

Una sentencia que no deja en buen lugar a las estructuras del Concello, incluido al anterior alcalde, Roberto Vázquez, dado que reconoce que no se adoptaron todas las medidas necesarias para proteger a la trabajadora a pesar de las amenazas, insultos y pintadas en su contra (llegaron a pincharle todas las ruedas del coche) por parte de algunos de los usuarios de los servicios sociales del Concello.

Es más, en un párrafo de la sentencia, la jueza destaca que esta situación que padecía la trabajadora social no solo era conocida por el Concello, que "nada hizo" por garantizar su seguridad, sino que "podría decirse que tolerada" desde lo que la magistrada describe como "estructuras municipales".

Mal ambiente en el Concello

La sentencia alude a las declaraciones de algunos testigos en ambos procesos que dibujan un "mal ambiente de trabajo" en el Concello a raíz de las discrepancias surgidas entre el ahora exregidor y la trabajadora por la manera en la que esta trabajadora social desarrollaba su labor. La jueza destaca incluso que "se produjo una falta de amparo a la misma cuando no un rechazo claro hacia su labor desde las propias estructuras del Concello".

Estos desencuentros podrían venir motivados, como señala el fallo, por los informes negativos realizados por esta trabajadora sobre la forma en la que se desarrollaban la labor de algunas de las auxiliares del servicio de ayuda a domicilio del Concello. Desde el Servicio de Inspección de Servicios Comunitarios y de Inclusión Social se remitió al juzgado de lo Social que revisó el caso, efectivamente, un expediente en el que constan al menos "8 denuncias formuladas por familiares de personas que venían siendo beneficiarios de ayuda a domicilio, todas ellas relacionadas con el incumplimiento de sus obligaciones" por parte de estas auxiliares.

Quejas remitidas por esta trabajadora, quien además emitió un informe de mejora del servicio y otro en relación a la "lamentable situación personal, de cuidado e higiene personal, y del estado de la vivienda" en la que se encontraba, en concreto, una de las beneficiarias, poniendo de manifiesto, según el fallo, el incumplimiento de las obligaciones no solo de la auxiliar, sino también de la educadora familiar.

El paso que se dio desde el Concello contra esta trabajadora fue abrirle un expediente por "falta muy grave" acusándola de trato vejatorio a los compañeros y propiciar mal ambiente, expediente que no consta que fuera resuelto ni tampoco "los hechos en concreto sobre cuya base se efectuaron tales imputaciones".

El fallo del juzgado de lo Social acabó concluyendo que, a raíz de lo investigado, las apreciaciones de la víctima de estos hechos respecto "al funcionamiento del servicio aludido no debía estar muy lejos de la realidad" y cree que de toda esta situación que sufrió esta mujer "se puede leer entre líneas el rechazo por el Ayuntamiento del trabajo que realizaba la actora hasta el punto de desautorizarla y desprotegiéndola frente a un riesgo que era previsible y que pudo haberse evitado".

El principal autor de la agresión, que ahora acaba de entrar en prisión, fue condenado como responsable de un delito de atentado en concurso de otro de lesiones con instrumento peligroso y se dictó una orden de alejamiento con respecto a la víctima de cuatro años y seis meses al quedar acreditado que sufrió esta agresión mientras desempeñaba su labor como funcionaria en el Concello de Portas. La agresión se produjo en el aparcamiento del ayuntamiento, cuando la mujer se incorporaba a su puesto de trabajo.