Los grovenses David Otero Mascato y Ángela Serra Garrido se casaron el pasado fin de semana ante notario, y tanto ellos como el encargado de la ceremonia, Pablo Pazos Otero, titular de la única notaría de la localidad grovense, quisieron destacar que se trataba de la primera ceremonia de estas características oficiada en la provincia de Pontevedra.

Sin embargo carece de validez legal alguna, y así los reconocen los tres protagonistas de esta romántica historia.

Como explicaron en su momento, estuvieron esperando a que el pasado mes de julio entrara en vigor la Ley de Jurisdicción Voluntaria, en la cual se contempla la posibilidad de que los notarios puedan encargarse de los enlaces matrimoniales. "No queríamos que nos casara un cura ni un político", explicaron los contrayentes.

Lo que sucede, y de ahí el problema, es que si bien la Ley de Jurisdicción Voluntaria entró en vigor, resulta que los artículos de la misma referidos a este tipo de casamientos no corrieron la misma suerte que el conjunto de la ley, sino que serán efectivos a partir del verano de 2017.

"Sabíamos que la boda ante notario no era válida porque tendríamos que esperar hasta 2017, pero quisimos hacerlo de todos modos", explica la propia Ángela Serra Garrido.

Pero eso sí, advierte de que, en cualquier caso, "sí que estamos casados, ya que habíamos acudido al juzgado hace dos meses para realizar nuestro enlace".

Lo que quiere decir Ángela Serra es que ella y David Otero Mascato "estamos casados legalmente, porque para eso fuimos al juzgado; lo que hizo el notario en la ceremonia de la finca La Atlántica fue rematar la faena".

En cuanto al notario Pablo Pazos, llegó a colgar en las redes sociales el documento de "escritura de matrimonio" para referirse a lo que definió como "mi primera celebración de matrimonio".

Aunque también es cierto que por el mismo cauce reconoció que ni él ni sus colegas pueden dar validez a este tipo de enlaces hasta dentro de un par de años.

Hay que incidir en que la Ley de Jurisdicción Voluntaria que entró en vigor a mediados de julio pasado -salvo en lo referido a los matrimonios- para tratar de simplificar los trámites en los asuntos sin controversia, nace con la intención de reducir la carga de trabajo de la Administración de Justicia.

Se persigue mediante la simplificación de los expedientes y la desjudicialización de algunos asuntos que ahora pueden ser tramitados por notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

Es, como se explicó hace días en FARO, una jurisdicción de aplicación en algunos asuntos del orden civil y mercantil que abre la posibilidad de que las bodas se celebren ante notario a partir de 2017, aunque tanto entonces como ahora pueden seguir realizándose en el Registro Civil y los Ayuntamientos.