El Juzgado 2 de Cambados acaba de condenar a Novagalicia Banco a devolver 30.000 euros a una familia de O Grove que en 2005 ingresó ese dinero creyendo que lo hacía en un plazo fijo, pero que siete años después se enteró de que en realidad lo tenía en participaciones preferentes. La particularidad de esta sentencia es que el juez considera probado que hubo "causa torpe" en la conducta de la entidad bancaria, no informando adecuadamente a los ahorradores, por lo que establece que estos no tendrán que devolver los intereses cobrados antes.

El abogado que asistió a la familia, el grovense Avelino Ochoa Gondar, plantea que "es una sentencia innovadora, y la primera en Galicia y en España que dictamina la no devolución de los intereses". El juez, Juan Manuel Hermo, considera probado que existió una grave negligencia por parte de la entidad bancaria, por lo que aplica el artículo 1.306 del Código Civil, en el que se regulan lo que se conoce como "causa torpe".

La sentencia, dictada anteayer, anula el contrato de preferentes, y apunta que la única relación jurídica entre los ahorradores y el banco era la de un depósito a plazo fijo, que es el producto que los vecinos creían haber contratado. El juzgado también condena a NGB a pagar las costas procesales, al no atender ninguno de sus planteamientos. Así, la entidad dijo que sus clientes cobraron los intereses durante siete años y que sabían que tenían su dinero en preferentes. Asimismo, pedían que en caso de que se anulase el contrato se ordenase la devolución al banco de los intereses cobrados.

Pero el juez considera probado que hubo numerosas irregularidades durante el proceso, y señala en su fallo que de hecho ni siquiera existe un contrato firmado por los clientes en el que se vea que invirtieron el dinero en ese producto complejo. Además, alude a la declaración como testigo de un empleado del banco, en la que dice que no se informó a los clientes de la naturaleza de su producto financiero, sino que lo harían posteriormente "desde la central".

Los ahorradores, Mabel Otero y Raúl Fraga, señalan que se enteraron de la situación de su dinero a principios de 2012, cuando saltó a la luz pública la polémica, y que presentaron una reclamación por escrito en la entidad que ni siquiera les contestaron. El juez apunta además que no tenían conocimientos financieros suficientes para entender el funcionamiento de las preferentes y que no se les hizo el test de conveniencia.