La anulación en los juzgados de varias multas impuestas por la Guardia Civil de Tráfico y tramitadas por la DGT en la provincia de Pontevedra a conductores que dieron positivo en controles de droga ha generado cierta preocupación entre los responsables de Tráfico en la provincia que analizan ahora estas resoluciones judiciales con el objetivo de afinar los procedimientos y evitar que nuevas sanciones acaben siendo retiradas en los órganos judiciales del Contencioso-Administrativo de la capital. Al menos hay constancia ya de unas cuatro sentencias que anulaban algunas de estas sanciones por consumo de drogas al volante, tanto en el Contencioso-Administrativo número 3 de la capital como en el número 1.

Por el momento, el número de multas anuladas en los juzgados es, en cierta medida escasa, pero la intención es buscar fórmulas cuando antes para blindar este tipo de sanciones frente a los recursos que se puedan interponer en los juzgados de los Contenciosos en los juzgados al detectarse "debilidades" al menos en tres aspectos en los que han incidido las sentencias hasta ahora dictadas por los juzgados pontevedreses.

El despacho de abogados Pena&Graña de Moaña, es uno de los bufetes que ya cuentan con al menos tres victorias en los juzgados al estimar los magistrados las alegaciones que realizaron en otros tantos recursos conta multas de tráfico impuestas por positivos en materia de drogas.

Cadena de custodia

Desde este despacho de abogados señalan que las reclamaciones se basan, principalmente en tres aspectos. En primer lugar se cuestionaba la competencia de la Guardia Civil de Tráfico para sancionar en zona urbana (alegación que en uno de los casos analizados rechazó el tribunal). Más éxito tuvieron con las otras dos reclamaciones que ponían en duda el cumplimiento de la garantía de la cadena de custodia de la prueba que se realiza, desde que se toma al conductor y da un primer positivo a pie de carretera por la Guardia Civil o las policías locales; hasta su traslado desde la Jefatura Provincial de Tráfico a un laboratorio en el que se debe certificar el positivo por drogas. El tercer punto sobre el que se incide es precisamente la homologación de los laboratorios privados con los que tiene convenio la DGT para analizar estas muestras en Pontevedra, así como la presunción de veracidad de sus afirmaciones en cuanto al mantenimiento de la cadena de custodia al no ser un ente público. Y es que, por ejemplo, aunque en uno de los procesos, el laboratorio daba fe del cumplimiento de esta cadena de custodia, el juzgado sostuvo que "es lo cierto que tal manifestación, efectuada por un ente privado, no reúne presunción de veracidad, y, al ser puesta en entredicho por el interesado, se requeriría una actividad probatoria por parte de la administración para acreditar el cumplimiento de la cadena de custodia", explica el fallo.

Hay otra sentencia más, en este caso ya antigua, en la que otro juzgado pontevedrés anuló una multa al alegar el conductor que el positivo se debió al tratamiento que estaba siguiendo con un analgésico que tomó durante veinte días, dado que en el juicio logró poner en duda que el positivo se debió a la ingesta de este medicamento.

Estas últimas sentencias están llamando la atención de algunas policías locales, también de fuera de Galicia, que se han interesado por estas sentencias. Una muestra de que entre los responsables de Tráfico no han pasado por alto estas decisiones judiciales lo es también que han elevado alguna que otra consulta a la Fiscalía de Pontevedra para abordar la situación.

Se trata además de sentencias de sanciones administrativas que no son recurribles por lo que las soluciones pueden ser distintas incluso entre diferentes juzgados al no hacer jurisprudencia al respecto.