Con el fin de alcanzar una mejor intelección de nuestra propuesta presentamos en la siguiente sección una moneda local (Bristol Pound) Pasamos después a mostrar la naturaleza de la europeseta electrónica concluyendo con una aplicación al Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

- Una moneda substitutiva local: la libra de Bristol. El 21/09/2012, Peter Maine, lord alcalde de Bristol, 440.000 habitantes, ataviado ceremoniosamente -no sabemos si con peluca y maza- inauguró oficialmente la libra de Bristol (Bristol Pound) comprando en una panadería de la red de tres cientos pequeños comerciantes y autónomos que previamente acordaron su aceptación. Esta moneda local -substitutiva que no complementaria como dicen erróneamente sus promotores pues substituye a la esterlina, no la complementa- tiene más probabilidades de perdurar que anteriores intentos en otros lugares toda vez que el ayuntamiento la acepta para el pago de impuestos locales proponiéndola además a 17.000 empleados como parte de sus remuneraciones. En el lanzamiento de la libra de Bristol colaboró crucialmente una cooperativa local de ahorro, Bristol Credit Union (BCU) El objetivo es que, al restringirse su circulación a Bristol y careciendo de uso fuera de su área, se genere una circularidad que estimule el consumo local. La Bristol Pound solo se gastará en los comercios y proveedores que la acepten como medio de pago. El BCU actúa como cámara de compensación pudiendo abrirse cuentas en la nueva moneda local en su red de oficinas: por cada libra esterlina que se deposite se acredita otra de Bristol.

Cuando se paga con una libra de Bristol el propietario del establecimiento que la acepte sabe que solo podrá gastarla en establecimientos, proveedores, empleados y servicios que la acepten a su vez. ¿Si todos los ingresos son en libras de Bristol, cómo harán los agentes para pagar la electricidad, el teléfono, los salarios o las mercancías que vengan de fuera? Yendo a la entidad financiera que avaló el proyecto y vendiéndolas contra esterlinas, dejando una comisión del 5% al BCU. En el inicio del proyecto, para conseguir atraer a una masa crítica de usuarios, la cooperativa de crédito de Bristol ha ofrecido igualmente un incentivo del 5% a los primeros depositantes.

Las Bristol Pounds -solo circulan en billetes de 1, 5, 10 y 20 libras o en pago electrónico- aun no siendo de curso legal (es decir, no son de obligada aceptación) están protegidas en las cuentas por el fondo de garantía de depósitos inglés. Los billetes están sujetos a medidas de seguridad similares a las del dinero tradicional para evitar falsificaciones. La libra de Bristol ofrece la posibilidad de abrir cuentas electrónicas en la nueva divisa; los usuarios podrán pagar sus compras a través de Internet o mediante el teléfono móvil (servicio txt2pay, pay by text) transfiriendo directamente por SMS los importes desde sus cuentas hacia las del comerciante.

- Una moneda complementaria nacional: europeseta electrónica. Nuestro proyecto de moneda complementaria nacional de curso legal, la europeseta, no excluye la puesta en circulación de monedas locales substitutivas. Pero sería, en cierta medida, volver a la Edad Media, con la circulación monetaria centrada y cerrada en el burgo.

Ciertos rasgos de la libra de Bristol se asemejan a los de nuestra propuesta pero solo superficialmente. Haciendo balance global, la Bristol Pound es de alcance bien inferior al proyecto de la europeseta ya que crea antagonismos entre pequeños y grandes empresarios, bloquea la moneda estándar sin estimular el crédito (el BCU debe inmovilizar reservas para el cambio de libras de Bristol por esterlinas), no genera sinergias globales en todo el país y no es de curso legal con lo cual los efectos virtuosos quedan alicortados.

Sin renunciar al euro, concebimos la europeseta electrónica como una moneda, o unidad de cuenta, complementaria, cerrada, esto es, utilizable solo dentro del territorio español, que carecerá por tanto de convertibilidad exterior y sin circulación material, en billetes o monedas, que quedaría exclusivamente reservada al euro. La europeseta, simultaneada con el euro si bien con menor porcentaje en la masa monetaria, será además de curso legal (forzoso, con capacidad liberatoria) asignando a 1 europeseta el contravalor de 1 euro (en notación compacta 1:1) De esa guisa el sistema de precios no se desvirtúa como sucedería al generarse una dualidad si la europeseta no tuviese paridad fija asignada respecto al euro, opción que ha sido propuesta por otros economistas en aras de provocar una imposible deflación salarial por la vía de la ilusión monetaria. Nuestra propuesta es estrictamente económica, dejando a políticos y juristas la implementación legal. Asimismo, soslayamos de momento los aspectos técnicos de su circulación para centrarnos en las características básicas.

Incluso con el euro como moneda oficial, ni empresarios ni consumidores ni el Estado lo necesitan para adquirir bienes y servicios nacionales (aunque nunca lo son completamente pues siempre incorporan o necesitan algún input de importación) sino simplemente una moneda cerrada pero de curso legal, forzoso, en paridad 1:1 con el euro lo cual permite que todos los precios de bienes, servicios, derechos y obligaciones se denominen en euros pero con el mismo contravalor en europesetas. Respecto a los bienes importados (en euros) que se puedan adquirir "en" el mercado nacional (cosa distinta serían los que se adquirieran "desde" el mercado nacional) bien sean terminados o como inputs intermedios, tampoco es necesario que el consumidor final pague el 100% de su precio en euros puesto que incorporan impuestos, salarios, beneficios, costes de transacción, costes de almacenamiento y distribución, etc., generados en España y que pueden pagarse parcialmente en europesetas. Para todos los efectos, la única diferencia entre ambos tipos de bienes, nacionales y de importación, es el porcentaje de su precio que puede pagarse en europesetas. Así como existen tres tipos de IVA pueden existir tres tipos de bienes y servicios (además de salarios de nueva creación, cotizaciones profesionales y empresariales a la SS, impuestos, salarios de funcionarios, pensiones, loterías, becas, tasas académicas, fianzas, I+D, ayudas asistenciales, multas, etc.) clasificados según el porcentaje en europesetas que se puede entregar al adquirirlos: cuantos más inputs nacionales integren mayor será el porcentaje en europesetas que se podrá pagar. No es lo mismo la compra de un jamón de Salamanca, una botella de cava, un automóvil fabricado en Vigo o el servicio de peluquería que un litro de gasolina, una botella de champagne, un BMW o un viaje a Tailandia. Cuestión distinta, evidentemente, son las cotizaciones de valores en Bolsa.

Por otra parte, no es baladí que al ser la europeseta moneda cerrada no serviría para importar ni bienes ni servicios directamente ni para gastar en el extranjero, para eso ya tenemos el euro, generando un sesgo favorable al consumo de bienes y servicios nacionales que aumentaría proporcionalmente a los inputs incorporados producidos en España.

En consecuencia, si el Banco de España (supervisado por el Banco Central Europeo al que se le asignaría el control de un objetivo de inflación) pudiese emitir europesetas, parte de las transacciones realizadas en euros quedarían sustraídas a las necesidades de financiación externa, el crédito a las empresas en europesetas estimularía la actividad económica al tiempo que su desapalancamiento en euros se facilitaría, el Estado captaría más impuestos y necesitaría menos euros para hacer frente a la deuda y al gasto.

Aunque de momento hay abundantes factores de producción inutilizados (más de seis millones de trabajadores en paro que están deseando ser empleados aunque se les pague parte del salario en europesetas siempre que sean de curso legal) lo cual constituye un freno a la inflación tampoco la moneda complementaria es inflacionista puesto que por definición es aquella que permite una transacción sin la cual no se realizaría.

Proponemos asimismo que piezas y billetes de euro, moneda fiduciaria, sean los únicos en circulación para mantener la simbología política europeísta. Si además las europesetas fueran electrónicas, moneda exclusivamente escritural, se obtendrían varias ventajas adicionales.

La europeseta solo es viable si adquiere cierta masa crítica, es decir, si es de curso legal, aumentado los efectos virtuosos proporcionalmente al espacio económico homogéneo en el que circula; para el caso, toda la economía interior española. De hecho, podría ampliarse a Portugal pero no le favorecía demasiado al país hermano al mantener con España una balanza comercial deficitaria.

- Europeseta y mercado cambiario. Un error frecuente al analizar con exceso de celo crítico la europeseta es considerar que la paridad 1:1 euro/europeseta sería ficticia (lo cual, de ser cierto, podría constituir incluso una ventaja suplementaria) `habida cuenta que existiría una convertibilidad interior devaluándose la europeseta respecto al euro.

Cuando decimos que la europeseta es cerrada, sin convertibilidad, nos referimos a que su cambio eventual no afecta al sistema de precios, puesto que todos están denominados en euros pero en paridad 1:1. Si un impuesto pudiera pagarse el 50% en euros y el 50% en europesetas no habría distorsión alguna aunque teóricamente la europeseta tuviera una cotización inferior respecto al euro en un eventual mercado negro. Tampoco hay distorsión de precios en los nuevos contratos laborales que se substancien cuyos contratantes acepten (quien no acepte no trabaja) ser remunerados parcialmente en europesetas siempre que sean de curso legal.

Ahora bien, y ese es una de sus ventajas en términos de la protección implícita de bienes y servicios nacionales, la europeseta debe soportar switching costs -en forma de comisiones de cambio, por ejemplo- si se desvía del fin al que se le destina provocando un "desvío/viraje" (switch) hacia otro distinto; verbigracia, irse de vacaciones al extranjero con europesetas cambiándolas por otras monedas. Para ir de vacaciones al extranjero ya tenemos los euros, las europesetas no se diseñan para eso: se diseñan para complementar cualquier transacción que tenga lugar "en" España. Gastarlas "desde" España -verbigracia, la compra por internet directamente en Amazon USA pero pagando con la tarjeta de la cuenta en euros que hemos nutrido cambiando europesetas- debe sufrir switching costs por el "viraje" respecto a la finalidad para la que se diseñó. Algo peor sucede en la relación Bristol Pound/esterlina: la paridad, que no es ficticia, es 1:1 pero se le aplica una comisión de cambio del 5% percibida por el gestor del proyecto.

De mayor calado resultan las preguntas que plantearon en debates preliminares algunos colegas, como el caso polar de una empresa que en un momento determinado solo tuviese europesetas, cero euros, en una situación subóptima respecto a la composición deseada de su cartera monetaria. Aunque el caso es improbable no lo es que se den situaciones subóptimas menos flagrantes por lo que habría que recurrir a un mercado cambiario que tomase en cuenta las preferencias de los agentes. Aquí ya no se plantea la emergencia de switching costs provocados voluntariamente por los tenedores de europesetas sino la recomposición de la cartera lo cual implicaría seguramente un coste de ajuste difícil de cuantificar ex ante pero no muy importante habida cuenta de la gran posibilidad de transacciones en las que intervendrían con paridad 1:1 las europesetas, en todas prácticamente, y su relativa escasez respecto al euro en la masa monetaria.

Por supuesto, para hacerlas más atractivas, las cuentas en europesetas electrónicas gozarían, como las cuentas bancarias en euros, de la protección del Fondo de Garantía de Depósitos. De consuno, el Estado puede tensionar el mercado cambiario de las europesetas haciendo obligatorio cierto porcentaje del pago de impuestos, multas y tasas en europesetas. En cualquier caso, para la recomposición óptima de las carteras puede crearse un mercado cambiario legal en continuo, que atraería sin duda alguna al turismo, o cuatro subastas anuales con la intervención del BdE.

En la práctica, la europeseta resultaría más competitiva que el euro en el mercado del crédito: el dinero no se compra ni se vende, se alquila. Actualmente 100 euros cuestan en realidad 107 (100 del principal y 7 de interés) mientras que 100 europesetas costarían 102 (100 del principal y 2 de interés) Es importante señalar que, al menos en el corto y medio plazo, los créditos en europesetas no se asignarían al consumo sino a las empresas. Pero el consumo solvente aumentaría via el relanzamiento general de la actividad económica y la creación de empleo.

En cualquier caso, no pretendemos que la europeseta conduzca a un óptimo económico, tampoco lo consigue el euro, nos conformaríamos con un second best.

- Aplicación práctica al Fondo de Reserva de la S.S. y al presupuesto para pensiones. Buscando la constitución de reservas en el nivel contributivo que atenúen los efectos de los ciclos económicos, los activos del Fondo de Reserva se destinan con carácter exclusivo a la financiación de las pensiones de carácter contributivo y demás gastos necesarios para su gestión (B.O.E. de 30 de septiembre de 2003) De ahí se sigue que dicho Fondo solo puede asignarse a pagar pensiones. El Fondo de Reserva podrá invertir en títulos emitidos por personas jurídicas públicas nacionales y extranjeras, de calidad crediticia elevada y con un significativo grado de liquidez (BOE de 9 de marzo 2004)

Actualmente, los 66.000 millones de euros del Fondo de Reserva alcanzan para pagar la nómina de nueve millones de pensionistas durante ocho meses pero el recurso al mismo es excepcional y no se asigna a mensualidades completas, salvo una de las dos pagas extras, pues en el peor de los casos se cubren parcialmente con cotizaciones. Debido a la crisis, los ingresos mensuales por cotizaciones sociales apenas superan los 8.000 millones de euros. El cúmulo anual alcanza para pagar doce nóminas de los pensionistas pero no llega para cubrir las dos extras ni los desvíos respecto al IPC. El fondo está invertido, sobre todo en deuda pública española, y genera intereses que nutren las reservas. En 2009 el rendimiento fue 2.719 millones de euros y en el 2012 el Gobierno estima que los intereses serán 2.687 millones que debe pagar el emisor de la deuda (el Estado español en buena medida)

En diciembre, los perceptores de pensiones reciben dos pagas, la ordinaria y la extraordinaria. Ambas pagan suman casi 15.000 millones de euros (cerca de 7.500 cada una) y los ingresos mensuales por cotizaciones sociales, quedó dicho más arriba, rozan los 8.000 millones de euros. Para hacer frente a esta situación, el Gobierno estudia utilizar el fondo de Reserva de la Seguridad Social. Por su carácter extraordinario, si el Estado pagara esas dos pensiones en europesetas sus necesidades de financiación en euros disminuirían, solo por ese concepto, en 15.000 millones de euros anualmente.

La crisis ha estancado o forzado a la baja los salarios mientras disminuye el número de trabajadores empleados -4% de cotizantes al sistema de la Seguridad Social este año- al tiempo que el número de pensionistas sigue creciendo y las pensiones se incrementan (o incrementaban) en consonancia con el IPC. A las tensiones de liquidez que provoca la paga extra debería sumarse el pago único para compensar a los pensionistas por la desviación de la inflación (calculada por el IPC) como obliga la ley. Sin embargo, el Gobierno ha decido que en 2013 la compensación no exceda el 2% y solo para pensiones que no superen 1.000 euros mensuales. No obstante, para mantener el poder adquisitivo de los pensionistas, el presupuesto de casi 107.000 millones de euros en pensiones contributivas previsto para 2013 (aproximadamente 7500 millones de euros mensuales multiplicados por 14 pagas) podría incrementarse en europesetas -dicho sea a título estrictamente didáctico- para consolidar la revalorización (IPC) en las pagas mensuales del próximo y siguientes años.

Por tanto, partiendo de los datos anteriores, con las europesetas de curso legal el Estado reduciría substancialmente sus necesidades en euros. Ya hemos dicho que un gran porcentaje del Fondo de Reserva está emitido en deuda española. Cuando esa deuda llegue a vencimiento o se liquide para hacer frente a las necesidades del Estado, verbigracia, el pago de la extra de Navidad no vemos donde reside el problema para recomprar esos valores en europesetas al menos parcialmente. Supongamos además que los beneficiarios gastan el 50% de la pensión en bienes o servicios "muy" españoles; si recibiesen el 70% de la pensión en euros y el 30% en europesetas sería un alivio para el Estado. A mayor abundamiento, los futuros incrementos de las pensiones via el IPC podrían substanciarse en europesetas sin perjuicio de pensionistas. También un porcentaje del pago de intereses de la deuda en manos del Fondo podría liquidarse en europesetas. Por las mismas razones, los 8.000 millones de cotizaciones mensuales podrían pagarse parcialmente en europesetas.

Recurriendo a las europesetas, existe una variada gama de combinaciones y arbitrajes que deslastrarían al Estado de la necesidad de financiarse completamente en euros. Echando todas las cuentas, tanto el Fondo (66.000 millones) como el Presupuesto anual en pensiones (107.000 millones) podrían funcionar globalmente, en cifras actuales, con 100.000 millones de euros complementados con 70.000 millones en europesetas. No es humo de pajas.

Last but not least, los planes privados de futuros pensionistas (regulados por la ley de Fondos y Planes de Pensiones) podrían constituirse parcialmente en europesetas y cobrarse llegado el momento en el mismo porcentaje. Estos planes en España alcanzan actualmente el 8% del PIB.