El Gobierno mantiene la negativa a que los marineros que trabajan en arrastreros o palangreros congeladores gocen del máximo coeficiente reductor que contempla la ley de cara a sus jubilaciones, del 0,4%. Desde el Ministerio de Empleo y Seguridad Social entienden que estos marinos, pese a que sí trabajan en barcos que realizan una congelación de sus capturas y que faenan alejados de su hogar durante largos períodos de tiempo, deben disponer de coeficientes reductores similares a los barcos fresqueros. De esta forma desoye las reclamaciones del sector desde hace más de un año, sobre todo de los palangreros que faenan en los océanos Atlántico, Índico o Pacífico.

La subdirectora general de la Seguridad Social, Elena Martínez Carqués, recuerda que si bien se acordó con el Instituto Social de la Marina (ISM) mantener los coeficientes reductores que cambiaron tras un cruce de datos con la Marina Mercante hace más de un año -como denunció la CIG-, este tipo de barcos no deben ser considerados como "congeladores". Estima que tan solo aquellos buques que entraban en la primera definición del concepto deben gozar de un 0,4%. "Eran buques de gran porte y con una inmensa capacidad de congelación en sus bodegas que se dedicaban casi exclusivamente a congelar y a procesar el pescado que descargaban otros buques", explica en un escrito en la revista Mar, de la Seguridad Social.

Entiende, por lo tanto, que tener "una cierta capacidad congeladora" en un barco pesquero no determina que a los marineros se les tenga que aplicar el máximo coeficiente reductor, pese a la "penosidad y peligrosidad" del trabajo.

Pese al acuerdo con el ISM, a comienzos de este año la CIG alertaba de que había unos 90 palangreros afectados por el cambio de los coeficientes reductores y desde el sector explicaron -como publicó FARO a finales de enero- que tratarían de demostrar que sus buques sí son congeladores. Diez meses después, el sector alerta que nada ha cambiado. "Presentamos ante las Capitanías los documentos que prueban que son congeladores", critican fuentes del sector consultadas, que también aluden a "una cuestión económica" que se haya tomado esta decisión.

Martínez Carqués, sin embargo, explica que estos barcos tienen que tener un coeficiente del 0,35 o 0,25 (en función de las Toneladas de Registro Bruto, TRB). "Lo que no se puede pretender es que buques que nunca han tenido un coeficiente del 0,4, porque nunca han sido calificados como congeladores, se les atribuya dicho coeficiente", escribe la subdirectora. El sector, sin embargo, no entiende la medida.