El sector hotelero en la comunidad ha echado mano de la calculadora para conocer el alcance de los daños que le causa la oferta clandestina. Unos dos millones de pérdidas anuales para las cuentas de los profesionales. Pero el vacío legal que hasta ahora había en las viviendas de ocupación turística, también tiene su repercusión en las arcas del Ministerio de Hacienda, que -según cálculos de los empresarios turísticos en Galicia- deja de recaudar en impuestos en la comunidad por esta actividad más de cinco millones de euros.

El director de Competitividad Turística, José Luis Maestro, aclaró ayer que a la hora de tributar por este servicio los propietarios estarán exentos de IVA pero deberán incluirlo en sus declaraciones de Hacienda vía IRPF.

Maestro desveló además que los dueños no tendrán que exhibir una placa identificativa pero sí tendrán que emitir un recibo o una factura por estos alquileres. No se podrán arrendar las viviendas por habitaciones, deberán estar amuebladas y dotadas de los aparatos y menaje necesarios para su uso inmediato.

Las viviendas podrán ser alquiladas por los mismos propietarios, por empresas turísticas o por intermediarios, y, en caso de incumplimientos o infracciones, se podrá sancionar tanto a los dueños como a las empresas comercializadoras.