Hacienda ha lanzado una nueva ofensiva contra el fraude fiscal. Al rastreo de las pensiones que reciben del extranjero los emigrantes retornados, las facturas de bodas, los alquileres de pisos y locales comerciales no declarados, los contratos de fiestas patronales y ferias y los recibos de las comunidades de vecinos, se suma este año un nuevo colectivo en el punto de mira de la Agencia Tributaria: los beneficiarios de ayudas públicas.

Una orden ministerial de Hacienda del pasado mes de septiembre obliga a las administraciones a remitirle un listado de todos los ciudadanos que hayan recibido alguna subvención. En el caso de Galicia bien por parte de la Xunta, de los concellos o de las diputaciones. Con esta lista, los inspectores de la Agencia Tributaria ya están en disposición de comprobar si los receptores, la gran mayoría con rentas por debajo de los 17.000 euros anuales, declaran estas ayudas o eluden sus obligaciones con el fisco. Aquellos que no rindan cuentas de estas subvenciones se enfrentan al pago de la correspondiente multa.

Ayudas para el pago de los recibos de luz, agua, gas o IBI, el alquiler, la cesta de la compra, la eficiencia energética, la compra de libros de texto, el transporte escolar, el comedor y cheques-guardería o subvenciones para adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, la reparación de defectos estructurales de un piso o la instalación de rampas, o ascensores, la renta básica de emancipación o bonos culturales; así como el plan PIVE para la compra de coches o el plan Renove para la adquisición de electrodomésticos... Son algunas de las ayudas que reciben cada año miles de gallegos, un número que ha ido en aumento desde el inicio de la crisis, y que se han convertido en una trampa que a muchos perjudicará este ejercicio en su declaración de la renta.

La ley tributaria exime de presentar la declaración a aquellos contribuyentes con ingresos inferiores a los 22.000 euros anuales, pero si tiene más de un pagador sí debe presentarla, sean cuales sean sus ingresos. Es decir, las subvenciones recibidas por personas que realizan o no actividades económicas, tienen la consideración de ganancias patrimoniales por lo que no están exentas en el Impuesto sobre la Renta. Muchos afectados desconocen que las subvenciones no están exentas.

En funcion del tipo de subvención y del momento en que la Agencia Tributaria recibe la información de beneficiarios de ayudas públicas por parte de las administraciones, "se le pone de manifiesto al contribuyente en sus datos fiscales o en el momento de confirmar su borrador o de incorporar sus datos fiscales al programa Padre". De esta manera, según apuntan desde la Agencia Tributaria, se "facilita al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y les evita los inconvenientes que se pudieran derivar por no haber sido declarados los importes de estas subvenciones".

Hace días, Hacienda empezó a remitir cartas a los beneficiarios del plan PIVE del año 2013 en la que se les exige una declaración complementaria por "un incremento patrimonial no reconocido". Mientras que otras ayudas aprobadas por el Estado como el cheque-bebé, las aportaciones para el transporte o los seguros médicos están exentas de tributación en el IRPF, las cantidades recibidas para la compra de un vehículo nuevo sí deben ser declaradas en la Renta. Los contribuyentes deben incluir el importe de la ayuda pública recibida en los años 2013 y 2014 en el apartado Ganancias Patrimoniales del borrador o declaración.

Los más afectados van a ser los contribuyentes con una renta de entre 15.000 y 22.000 euros, ya que serán los más expuesto a "un desajuste" en su declaración, según denuncian técnicos de Hacienda y el presidente del Colegio de Economistas de Pontevedra, Juan José Santamaría.