Los padres que no cumplan con su deber de enviar a sus hijos al colegio de forma regular se enfrentan, no solo a la pérdida de la custodia del menor, sino también a una multa por un delito de abandono de familia. Aunque lo más habitual es la sanción económica, hay sentencias, como la dictada por un juzgado de Alicante hace tres años, en la que se imponen tres meses de prisión a cada uno de los padres por el absentismo escolar de su hijo de ocho años.

En Galicia la condena más reciente fue dictada en mayo del año pasado por un juzgado Ourense que condenó a una multa de dos euros diarios durante seis meses a un matrimonio gitano de Ourense, que fue juzgado por incumplir los deberes de asistencia obligatoria y permitir que su hija de once años no acudiera al colegio ni un solo día durante enero y febrero de 2009.

La actuación fue iniciada por los directivos del centro educativo donde estudiaba la menor y apoyada desde la Fiscalía de Ourense. Según constaba en los informes, la menor dejó de ir al colegio en numerosas ocasiones durante el comienzo del curso del 2008-2009, lo que motivó la alarma entre los profesores del centro en el que estaba matriculada, en la capital Ourense. Lo primero que hicieron fue reunirse con los progenitores para advertirles que la escolarización de la niña era obligatoria. A pesar de ello, persistieron las ausencias del centro y el caso pasó a manos de la fiscalía que terminó presentando denuncia ante el juzgado.