Javier Sánchez de Dios / Santiago

La polémica abierta por la decisión del Tribunal Constitucional se extiende ahora no ya a la igualdad ante la ley penal sino a la cuestión de la protección de la mujer frente a las agresiones. ¿Qué opinan ustedes?

- rosa fontaíña. Creo que si en realidad se aplicase la Justicia, es decir, si funcionase de verdad, no tendría que aplicarse este tipo de medidas. Pero realmente tal como vienen ocurriendo las cosas con las mujeres, a nosotros nos parece justo que comience con algo que puede parecer injusto, fuerte o algo así, pero esta misma polémica la hubo cuando Europa comenzó a plantearse la discriminación positiva y si no se empieza a apoyar una igualdad real y se apoya a los sectores desfavorecidos nunca caminaremos hacia adelante. Quiero repetir, y que no se me interprete mal, que podría entender y no condenar alguna injusticia que se cometiera por una vez en favor de la mujer y que por una vez no recayera sobre las espaldas de las mujeres.

- rocío blanco. Estoy totalmente en contra de cualquier tipo de discriminación negativa, vaya eso por delante, pero la cuestión aquí es si existe realmente una discriminación o no. Y es que el hecho delictivo no es el mismo; no lo es que alguien mate a otro en un contexto determinado a que un hombre mate a una mujer en un contexto de violencia de género. Y a día de hoy está perfectamente demostrado lo que es violencia de género, y por tanto el contexto impide hablar de hechos delictivos iguales, hablar del mismo hecho delictivo. En la realidad actual práctica, no existe una mujer que mata a un hombre como violencia de género, por motivos de tipo sexista o por una relación de dominio. Incluso podríamos hablar de situaciones de legítima defensa.

- santiago nogueira. Lo primero que es necesario decir es que existe una violencia machista que hay que erradicar. Pero una cosa es legislar para los titulares de prensa y otra hacerlo en base a la sensatez y a los estudios. Yo creo que el planteamiento de sancionar más al hombre que a la mujer por el mismo hecho es un caso claro no de discriminación positiva sino de error en la política legislativa. Se podría llegar a los mismos resultados o mejores por otras vías, evitando lo que se hizo aquí, que es vulnerar las bases del Derecho Penal, creando un tipo de autor, y eso es algo grave porque implica la vulneración manifiesta del principio de la culpabilidad, porque nadie tiene la culpa de tener un cromosoma X o uno Y, que al final es a lo que se reduce esto.

- fontaíña. En todo caso vemos como las mujeres están muriendo día a día, y por tanto pensamos que ahora mismo esta norma no debe llamar la atención de nadie; el poder judicial tiene capacidad para hacer valoraciones especializadas. Por cierto, yo conozco dos sentencias sobre hechos iguales en sitios diferentes; a un hombre le salieron siete años y a una mujer catorce. Ya protestamos por eso, y podemos decir que ahora mismo hay desigualdad e injusticia, sí, pero también añadir que se realiza en contra de la mujer. Y si resulta que al final la realidad demuestra que vivimos en una sociedad injusta, pues habrá que compensar de alguna manera, proteger a quienes la padecen.

- nogueira. Hay algunas cosas que se han dicho con las que respetuosamente discrepo. Por ejemplo, en la alusión al poder judicial, quiero recordar que su capacidad para valorar es relativa: su papel es aplicar las leyes, y los jueces han de moverse, al fijar la pena, entre lo que fija la norma, de la que no pueden salirse, y punto. Que en algún caso puede haber diferencias de criterio, sí, se puede aceptar e incluso es evidente que han sucedido, pero hay que ver el caso concreto; por ejemplo para esos episodios que citaba Rosa. Pero no se puede legislar a golpe de caso concreto, porque eso, que lo inventaron los ingleses, es complejo; ya dicen ellos mismos que los casos raros no sirven como precedente para poder ser aplicados posteriormente.

- blanco. Bueno, hay un problema de comprensión por parte de una gran parte del colectivo social, que no entiende determinadas actitudes como circunstancias o elementos agravantes. Se comprende, en general, perfectamente por ejemplo que la xenofobia se considere una agravante, que no es lo mismo que un hombre agreda a otro sin más a que lo agreda por ser de otra raza o de otra ideología, pero en el caso de la mujer, no. El problema de base es que toda la sociedad tiene que entender que la agresión en el marco de una vida en pareja es por una conciencia de dominio de una persona a otra. Y ése es un elemento diferenciador que resulta, desde mi punto de vista, sustancial para entender y asumir eso que se ha considerado injusto en bastantes críticas.

- La gran cuestión sigue siendo la aplicación de muy diferentes penas a hechos que, al menos penalmente, son iguales...

- fontaíña. Socialmente sigue siendo aceptado que la mujer sea maltratada; se ha citado aquí la hipótesis y tengo que decir que, efectivamente, se podría dar el caso de que cuando una mujer mata a un hombre se considere defensa propia. Cuando lleva siendo agredida veinte años por ejemplo puede llegar un momento en que diga que ya no puede más, sencillamente, y eso no es un asesinato; es una víctima que se defiende, y no tiene nada que ver con el hecho de que un hombre mate a una mujer, porque lo hace como una demostración de dominio, de prepotencia creciente. Y ahí está la raíz de los hechos, la causa de los problemas y de la reacción, incluso de las más extremas.

- nogueira. Son ciertas muchas de las cosas que dice Rosa Fontaíña, pero la pregunta es si el remedio mejor es el que se está poniendo o hay remedios mejores. Aún no conozco un solo experto de verdad en Derecho Penal que diga que esta mal llamada Ley de Violencia de Género es adecuada. Yo, por el mero hecho de ser hombre no me siento en una posición más dominante ni tengo por qué ser más castigado. Que se pueda y se deba proteger más a la mujer, de acuerdo, pero esa protección no significa automáticamente castigar al hombre por el mero hecho de serlo. Ya he citado antes el principio de culpabilidad, que se vulnera, y que esto nos acerca al derecho penal de autor, que es inadmisible.

- blanco. Yo pienso que desde un punto de vista estrictamente técnico jurídico puede tener razón el profesor Nogueira, pero el problema no es tanto de autor cuanto de contexto. Y ese contexto es llave entre otras cosas para asegurar la igualdad, porque es preciso hacer más caso a los indicadores sociales de situación. Y hay que ir a una mayor y mejor garantía del cumplimiento de las disposiciones de alejamiento, etcétera. Porque, y se ha dicho con mucha razón, ese contexto es el que provoca después una reacción violenta que no se trata de justificar, sino de explicar, y en el mundo del Derecho cuenta, y cuenta mucho, la explicación de los hechos, sus orígenes y el contexto.

- nogueira. Es posible que exista un problema de contexto también, efectivamente, pero al final desemboca en el derecho penal de autor. Y pasa eso porque la norma está mal hecha, y acaba siendo el problema de autor. Insisto; esta reforma está mal hecha. ¿Dónde están los estudios criminalógicos, dónde están los estudios de política criminal, dónde están las consultas mínimas a a gente que sabe, a los especialistas? Se ha dicho que resultaba increíble, por ejemplo, que algunos artículos los hubiera redactado un jurista. En todo caso, y para proteger mejor a la mujer, para resolver los problemas de igualdad, hay que hacer muchas cosas antes de acudir al Código Penal. Y en todo caso es un problema de generaciones y que hay que plantear desde abajo.

- fontaíña. Hay que dar un trato diferente a los hechos, porque lo que se está haciendo en este momento es todo lo contrario; las mujeres se sienten delincuentes muchas veces cuando denuncian lo que les pasa o cuando se van de casa sienten que son las culpables ellas mismas, porque la sociedad se ocupa de que ellas tengan ese sentimiento. Y fijaos, no se cuentan los suicidios, las enfermedades que las mujeres desarrollan por culpa del maltrato, ni se les tiene en cuenta a la hora de atender las denuncias anteriores. Y conste que no tengo nada en contra de un juez o una jueza concreta: tengo todo en contra de todo como está funcionando. Y no puede ser que sigamos así. ¿Que se va a resolver con condenas más fuertes para los hombres? Pues miren,, adelante.

- blanco. Me gustaría señalar, insistiendo en lo que entiendo innecesario para resolver el origen del problema, que es preciso actuar más, como factor preventivo, en el terreno de los maltratadores, y en especial en la cuestión de la intervención sicológica, que no debe ser voluntaria -porque si se puede lograr la rehabilitación de un maltratador, pues que sea obligatoria- y sustitutiva de la pena, una cuestión que a mi me parece a veces muy difícil de comprender. Hay un dato clave que es la necesidad de potenciar mucho la intervención colectiva: que la sociedad sea responsable y criminalice esas conductas. Entiendo que nada será posible sin una implicación colectiva y creciente del tejido social para lograr que los derechos, todos los derechos, sean respetados.