El pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró ayer nula, por inconstitucional, la ley del referéndum que amparó la consulta del 1-O. Los magistrados de la corte de garantías exponen con claridad que Cataluña no tienen derecho a la autodeterminación. La norma, aprobada por vía exprés, vulnerando los derechos de los diputados de la oposición, que no tuvieron oportunidad de enmendarla ni de debatirla, ya había sido suspendida cautelarmente por el TC el pasado 7 de septiembre.

La sentencia abunda en argumentos de extrema dureza contra el Parlament, informa la agencia "Efe". Así, reprocha a la Cámara catalana el haber dejado a los ciudadanos "a merced de un poder que dice no reconocer límite alguno", es decir, arbitrario. "Un poder que niega expresamente el derecho, se niega a sí mismo como autoridad merecedora de acatamiento".

El alto tribunal se detiene a señalar que Cataluña no es sujeto del derecho de autodeterminación, dado que no está reconocida en la Constitución, y tampoco forma parte de nuestro ordenamiento jurídico por vía de tratados internacionales, dice.

Así, el TC recuerda que "el derecho de libre autodeterminación" de los pueblos que proclaman el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto de Derechos Económicos y Sociales (ambos suscritos por nuestro país) ha quedado limitado en "diversas resoluciones inequívocas" de la ONU a los casos de "sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras".