El Tribunal Supremo ha declarado ilegal la actividad de la comunidad de póker online PokerStars en España hasta 2012 al considerar que operó sin la autorización exigible, aunque le exime de indemnizar a sus competidores pues podrían haberse sumado a una conducta "tolerada" por la Administración.

En su sentencia, la sala de lo Civil del alto tribunal estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por varias sociedades de Codere, y aunque admite que la demandada incurrió en un supuesto de competencia desleal, apunta que su actuación "no solo no fue aislada, sino que estaba generalizada y plenamente tolerada por las autoridades administrativas".

No obstante, los magistrados corrigen parte del criterio de la Audiencia Provincial de Barcelona, que avaló la actividad de PokerStars al tratarse de un servicio "online" autorizado por la jurisdicción de la isla de Man, donde tenía su domicilio social. La segunda instancia insistía en que la ley sobre juegos de azar, que entró en vigor en 1977, no pudo tomar en consideración esta nueva oleada de servicios "online" por no existir Internet en aquella fecha.

En esta ocasión, el Supremo refuta tales argumentos ya que la regulación de los juegos de azar "exigía la inclusión de la modalidad de juego en un catálogo, la homologación de los medios técnicos y la posterior autorización administrativa para que la práctica sea lícita" con independencia del soporte.