El titular del juzgado de Primera Instancia número 12 de A Coruña acaba de desestimar la demanda presentada por un exempleado coruñés del BBVA que le reclamaba el pago de 140 millones de indemnización por haber utilizado su firma digital en certificaciones para procesos monitorios durante los dos años siguientes a su prejubilación. El demandante exigía de este modo el importe que habría cobrado un corredor de comercio (notario) por cada una de las operaciones (1.000 euros) en las que supuestamente se utilizó su firma (según sus propios cálculos, un total de 140.000).

El juez, en una sentencia dictada el pasado día 11, evita entrar a valorar el fondo del asunto, si el banco vulneró el derecho a la propia imagen de su extrabajador al entender que la causa, de existir, estaba caducada porque el afectado la había iniciado en 2010 con un acto de conciliación sin acuerdo. El fallo entiende que la caducidad se produjo justo cuatro años después y llama la atención sobre la demora del demandante en actuar: "No se entiende bien la razón por la que el actor esperó tanto tiempo para hacer valer sus acciones, de manera que bastaba haber presentado la demanda año y medio antes para que la acción no estuviese caducada"

El fallo es duro con el extrabajador, al que acusa de litigar "con temeridad", al demandar una indemnización millonaria que considera "difícilmente justificable" y un "despropósito". El juez relata en su escrito que en varias ocasiones advirtió al demandante de las consecuencias que tendría una cantidad tan elevada ante una posible pérdida del pleito y el pago de las costas, que se le podrían imponer y finalmente se le imponen. El fallo recoge los argumentos de BBVA, que advierte de que el denunciante tendría que haber trabajado durante 2.000 años para cobrar la indemnización que reclama.