El Banco de España vigilará que la entidades financieras tengan en cuenta el coste del préstamo a la hora de definir una estrategia en la concesión de crédito, de modo que se evite el conocido como dumping comercial. "Dar préstamos por debajo de costes no es competir, es hacer trampas", han advertido fuentes del supervisor.

Desde el Banco de España se ha enfatizado en que dar créditos a pérdida no debería centralizar la política comercial de un banco "en ningún caso", al considerar que no responde a una "competencia sana". La circular contable recoge, al igual que las normas internacionales, que las operaciones de crédito deben reconocerse en el momento de su concesión por su valor razonable y no por el precio de la transacción.

De esta forma, si el precio de la transacción se sitúa por debajo del valor razonable, el banco tendría que reconocer una pérdida anotándoselo como gasto. Este reconocimiento podría ser inmediato en caso de que la prima de riesgo del préstamo fuera un "dato observable" o bien aplicárselo de forma diferida.

En cuanto a las categorías en que se clasifican contablemente las operaciones en función del riesgo de insolvencia del titular o la operación (normales, dudosos y fallidos), las principales novedades introducidas son la desaparición de la categoría de subestándar y la inclusión de una nueva subcategoría de riesgos en vigilancia especial dentro de los riesgos normales.