La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha rechazado un nuevo recurso presentado por el expresidente de Pescanova Manuel Fernández de Sousa contra una multa de 100.000 euros impuesta en enero de 2014. Se trata de una sanción incoada por el Ministerio de Economía contra la empresa Sociedad Gallega de Importación y Exportación de Carbones por el "incumplimiento de sus deberes de comunicación y difusión de participaciones significativas" en la multinacional pesquera. Según consta en los registros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Sousa empezó a vender sus acciones en diciembre de 2012 y no notificó que había reducido a la mitad su participación en la compañía hasta que ésta ya estaba en preconcurso de acreedores.

La defensa del empresario argumentó que el proceso de venta de acciones que motivó la multa ya estaba siendo objeto de investigación por la vía penal -en el Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, que instruye el juez De la Mata-, pero para el Supremo este argumento no es válido. La sentencia, firmada por los magistrados Pedro José Yagüe, Eduardo Espín. José Manuel Bandres, Eduardo Calvo, María Isabel Perelló, José María del Riego y Diego Córdoba obliga a Sousa a abonar la multa y 4.000 euros en concepto de costas procesales.