La Secretaría General del Mar acaba de aprobar una resolución para hacer cumplir con el tope de capturas de la anchoa impuesto el pasado diciembre por el Consejo de Ministros de Pesca de la Unión Europea –7.000 toneladas para todo 2010– que permitió la apertura del caladero del Cantábrico a la flota tras cuatro años de veda.

La flota ya había advertido de que las 7.000 toneladas de Total Admisible de Capturas (TAC) impuesto por la Unión Europea convertía la apertura del caladero en un gesto casi testimonial, dado que de él vive la flota de País Vasco, Cantabria, Asturias, Galicia y Francia, y el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino quiere llevar un control exhaustivo que el sector de la conserva reclama desde la apertura de la costera, el pasado día 1, para evitar esquilmar el recurso.

Normas

Los buques que participan en la costera deberán mantener a bordo y operativo el dispositivo de localización de buques vía satélite (VMS) de seguimiento de la actividad pesquera en todo momento, desde la salida hasta el regreso a puerto. Al menos dos horas antes de llegar a puerto, los barcos deberán notificar por escrito al Ministerio —al español cuando la descarga se realice en puerto nacional— el nombre, matrícula y folio del buque; puerto de desembarque; fecha y hora estimadas de llegada a puerto; y cantidad de cada especie anotada en el diario y a bordo del buque. Las tripulaciones deberán cumplimentar el diario de pesca y la declaración de desembarque, con indicación del esfuerzo pesquero realizado y el margen de tolerancia será de un 20%.

Estas medidas se producen como consecuencia del debate comunitario de la propuesta de reglamento del Consejo de Ministros de Pesca que establece un plan a largo plazo para esta población de anchoa –Zona VIII de Consejo Internacional para la Explotación del Mar (ICES)– y las pesquerías de la misma, dado que los informes científicos han concluido que el recurso no está del todo recuperado. Los ministros ya habían aprobado las medidas adicionales de control tanto en la mar como en puerto que ahora desarrolla el Ministerio del Medio Marino.

Estas medidas serán de aplicación a los buques pesqueros españoles que capturen anchoa en el Golfo de Vizcaya (Zona VIII de ICES) a partir del 1 de marzo de 2010, que deben además estar inscritos en el Censo de Flota Pesquera Operativa, pertenecer a la modalidad de cerco y ejercer la pesquería con esa modalidad en el Cantábrico y Noroeste. Los buques que realicen esta pesquería en aguas comunitarias no españolas, tendrán que contar con una autorización de la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura para desarrollar su actividad dirigida a especies pelágicas con arte de cerco en la subzona CIEM VIIIc (aguas no españolas) y subzonas CIEM VIII a, b, d, desde el 1 de marzo.