La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a Eufemiano Fuentes y José Ignacio Labarta de los delitos contra la salud pública de los que se les consideró culpables hace ya tres años, pero ha dictaminado que las más de 200 bolsas con muestras de sangre, plasma y concentrados de hematíes intervenidas durante la Operación Puerto se entreguen a la Federación Española de Ciclismo, a la Agencia Mundial Antidopaje, a la Unión Ciclista Internacional y al Comité Olímpico Italiano.

El 30 de abril de 2013, la jueza Julia Patricia Santamaría emitió su sentencia en el Juzgado de lo Penal nº 21 de Madrid y declaró a Fuentes autor directo de un delito contra la salud pública, condenándole a un año de prisión, inhabilitación durante cuatro años como médico deportivo y le impuso una multa de 4.500 euros. Labarta fue condenado como cómplice a una inhabilitación de cuatro meses y multa de 1.800 euros. Fueron absueltos los exdirectores Manolo Saiz y Vicente Belda y la doctora Yolanda Fuentes, hermana de Eufemiano.

Por contra, la jueza no accedió a entregar las bolsas de sangre en poder del laboratorio antidopaje de Barcelona, cuyo número no cuadraba con las intervenidas por la Guardia Civil al inicio de la Operación Puerto en 2006, e incluso ordenó su destrucción cuando la sentencia fuese firme. La Audiencia Provincial ha corregido ese dictamen y ha dejado abierta la posibilidad de que se descubran los nombres de más deportistas que recurrieron a los servicios de Fuentes.

La resolución, que se extiende a 89 folios, responde a los nueve recursos interpuestos ante aquella sentencia de 2013 y absuelve a Fuentes y Labarta al entender que la sangre que utilizaron para las transfusiones a sus pacientes no es un medicamento. En consecuencia, la conducta de ambos no tiene encaje en el delito por el que fueron imputados y condenados en primera instancia.

Por contra, los magistrados han decidido que los contenidos de las bolsas con muestras de sangre, plasma y concentrados de hematíes intervenidas deben entregarse a la Federación Española de Ciclismo, a la Asociación Mundial Antidopaje, a la Unión Ciclista Internacional y al Comité Olímpico Italiano en "atención a que el fin perseguido es luchar contra el dopaje, el cual atenta contra el valor ético esencial del deporte, que es el juego limpio al impedir una competencia en igualdad de condiciones". Si esto no fuese así, añade la sentencia, se "genera el peligro de que otros deportistas puedan verse tentados a doparse y se emite un negativo mensaje social respecto a que el fin justifica cualquier medio".

La Operación Puerto se saldó en su momento con cinco ciclistas suspendidos: Alejandro Valverde, Ivan Basso, Jan Ullrich, Jörge Jacksche y Michele Scarponi. Si las autoridades deciden cotejar ahora las bolsas puede que descubran nuevos nombres, pero ya no se producirían sanciones deportivas porque las faltas han prescrito una década después. En su sentencia, los jueces desmontan la pretensión de los afectados de que no debían entregarse las bolsas por tratarse de un "hallazgo casual" y por comprometer el derecho a la intimidad.

Otros ciclistas habían sido identificados por la Guardia Civil como clientes de Fuentes en el informe enviado al juez instructor, Antonio Serrano, entre ellos el redondelano Marcos Serrano. Y existe un tercer grupo de bolsas identificadas por nombres en clave a los que el informe policial no ha encontrado correspondencia. Entre ellas está la denominada 'Urco', nombre del perro del esposo de Marta Domínguez, vinculada después a la Operación Galgo y sancionada por el TAS. En estos y otros casos habría que buscar muestras de ADN con las que comparar la sangre de las bolsas para descubrir a qué deportistas corresponden. Será difícil, ya que en 2006 el pasaporte biológico aún no estaba generalizado.

El presidente de la Agencia Mundial Antidopaje, Craig Reedie, se ha mostrado satisfecho por la decisión de la audiencia: "Estamos impresionados por que haya pasado tanto tiempo para recibir esta decisión, pero nos asociaremos con las otras partes a las que se ha garantizado el acceso para determinar nuestras opciones legales de analizar 'vis-à-vis' las bolsas de sangre y plasma".