El Juzgado de lo Contencioso número 2 de Pontevedra anuló el acuerdo de la Comisión de Gobierno de Porriño del pasado mes de enero de conceder licencia de actividad al campo de tiro de Atios, al entender que no es "conforme a derecho".

En concreto, la jueza señala en la sentencia que el acuerdo de concesión de licencia "ha de anularse" por la "falta de autorización autonómica previa", tal y como establece la Ley de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (Louga). Además, también argumenta su decisión por "no acreditarse el cumplimiento de condiciones requeridas para la edificación en suelo rústico y contar con las autorizaciones sectoriales preceptivas".

Con ello, se estima el recurso interpuesto por la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Atios contra el Ayuntamiento de Porriño y se anula el acuerdo que concede a la Sociedad de Tiro Rosa Porriño La Venatoria licencia provisional para la instalación de un campo de tiro en As Insuas-Veiguiña, en Atios.