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La batea, la explotación y la marea roja

El Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2015, aprobado mediante acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de noviembre de 2014, a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), considera como "batea" todo "vivero formado por un emparrillado del que penden cuerdas, cables, cestillos u otros elementos para el cultivo del mejillón"; mientras que habla de "explotación" para referirse a "bateas o conjunto de bateas localizadas en el ámbito de aplicación del seguro organizadas empresarialmente por su titular para la producción de mejillón con fines de mercado, y que en su conjunto formen parte integrante de una misma unidad técnico-económica caracterizada por la utilización de los mismos medios de producción".

Aunque erróneamente, también maneja términos como "marea roja" para aludir a la "proliferación en el agua de determinados organismos del fitoplancton (dinoflagelados) capaces de generar biotoxinas, que al ser filtradas por el mejillón impiden su comercialización".

Y advierte de que la "producción real existente" antes de un siniestro "excluye el desecho", es decir, en las cuerdas de mejillón comercial "todo aquel menor de tres centímetros" y en las demás los ejemplares "con menos de un centímetro de longitud".

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