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Siete años de cárcel para un pontevedrés por agredir sexualmente a su sobrina

Siete años de cárcel para un pontevedrés por agredir sexualmente a su sobrinaRafa Vázquez

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a siete años y un mes de prisión a José Manuel Boullosa Pazos, un vecino de Pontevedra de 45 años, por un delito continuado de agresión sexual a su sobrina. El fallo tiene en cuenta como agravante la "especial vulnerabilidad de la víctima", que cuando se produjeron los hechos era menor de edad. El tribunal le absuelve, sin embargo, de los dos delitos de violación que le imputaba la acusación particular.

El fiscal solicitaba inicialmente penas que sumaban 32 años de prisión por dos delitos de violación, pero rebajó su petición a los 8 años y medio ante la necesidad de adecuarla a la legislación vigente. Y es que en el momento en el que se produjeron los hechos, el acceso carnal con los dedos no estaba tipificado como violación, un extremo que ahora sí recoge el Código Penal.

Tras el juicio, el Ministerio Público consideró probado que los hechos que denunciaba la joven eran ciertos. Según su versión, fue víctima de abusos por parte de su tío político desde 1993, cuando contaba sólo con 13 años, tocándole pechos y nalgas. Sin embargo, los hechos enjuiciados en este proceso se limitaban a los sucedidos a partir del año 1995, ya que los anteriores habían prescrito.

Durante la vista, que transcurrió a puerta cerrada, la víctima ratificó que, con una frecuencia casi diaria, era objeto del acoso de su tío y que en la primavera de 1995 el acusado le introdujo las manos por debajo de una manta con la que se cubría la menor, agrediéndola sexualmente con los dedos. Añadió que en la primavera de 1996, en verano de 1997 y en 1998 se produjeron encuentros similares y que continuó acosando a la joven hasta 2004. Los hechos se produjeron en un edificio en donde ambos residían en Pontevedra.

Asimismo, el equipo psicológico forense de la Universidad de Santiago concluyó que lo que denunciaba la víctima "ocurrió en realidad" ya que "padece un cuatro de daños psíquico que coincide con el tipo de delito" descrito. La joven no denunció hasta el año 2006, en el que acudió a un psicólogo por un cuatro de depresión y ansiedad. En estas sesiones acabó desvelando a este profesional lo que había ocurrido con su tío. Los peritos añadieron que hoy en día, a los 28 años, la joven todavía tiene secuelas.

En su sentencia, la Audiencia impide a Manuel Boullosa Pazos acercarse al lugar en el que resida la víctima durante un plazo de cinco años. En materia de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a la víctima con 100.000 euros por el daño psicológico ocasionado.

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