Jacobo Losada Sánchez, natural de Santiago pero vecino de O Porriño, ha sido condenado a dos años y medio de cárcel como autor de la muerte de su compañera sentimental en esta localidad el pasado 25 de febrero de 2006. Ésta era la máxima pena que podía solicitar el fiscal después de que el jurado considerase en su veredicto que el procesado no tenía intención de acabar con la vida de su compañera sentimental, Carmen Karen Vargas Arispe, y es la condena que finalmente impone la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra en la sentencia que se dio a conocer ayer.

Según el fallo, el jurado considera como hechos probados que el acusado y la víctima, de nacionalidad boliviana y que entonces tenía 25 años, hacía año y medio que mantenían una relación sentimental y compartían piso en Porriño, en donde la mujer trabajaba en un club de alterne. La noche del 25 de febrero se inició una discusión entre ambos al reprocharle la mujer que le hubiera cogido 50 euros del bolso, anunciándole al acusado que se marchaba de casa, dirigiéndose al fondo del dormitorio para coger las maletas, que estaban hechas, algo que trató de impedir el acusado. Carmen Karen cogió un cuchillo para defenderse, momento en el que Jacobo le tiró una mochila, saliendo el arma despedida y quedando encima de la cama.

La asfixió

El fallo establece que, acto seguido, el acusado se abalanzó sobre la víctima, cayendo ambos al suelo y tratando la mujer de defenderse arañando al acusado. Finalmente, éste causó la muerte de Carmen Karen al taparle los orificios respiratorios, nariz y boca. No obstante, el jurado considera que no está probado que la intención de Jacobo fuera acabar con la vida de la mujer.

Es esta falta de intencionalidad la que obliga al Tribunal "a movernos en el ámbito de la imprudencia, sin duda, en este caso grave". Señala la sentencia que, en este tipo de casos, el acusado "advierte el peligro pero confía en que no se va a producir el resultado". En esta situación en concreto, recuerdan que el propio acusado manifestó que pensó, al dejar el domicilio, que su pareja estaba todavía viva "porque se movía". Para el Tribunal, Jacobo Sánchez "sin duda, confundió los movimientos convulsos de la víctima, antes de su fallecimiento, con señales de vida".

El veredicto emitido al finalizar el juicio el pasado 18 de junio causó "sorpresa" a la representante del Ministerio Fiscal, quien consideraba que se trataba de un caso claro de homicidio y solicitaba inicialmente una pena de 10 años de prisión para el acusado.