Multar a los clientes de la prostitución es conforme a la Carta Magna francesa, dictaminó ayer el Consejo Constitucional, al que habían recurrido diversas organizaciones sociales ante las consecuencias que consideran negativas para las profesionales del sexo de una ley de 2016, que fija multas de 1.500 euros, y hasta 3.750 euros en caso de reincidencia.

Asociaciones como Médicos del Mundo o el Sindicato de Trabajadoras del Sexo consideraron que esa disposición, copiada de la legislación sueca, no reduce la prostitución y, además obliga a quienes viven de esa práctica a ejercer en lugares escondidos y con menores protecciones. Sin olvidar que el recorte de la demanda, a su juicio, obliga a las prostitutas a reducir sus precios y aceptar las condiciones de los clientes.

En una investigación aportada por los demandantes, una prostituta contaba, por ejemplo, que desde la entrada en vigor de la ley los clientes se niegan a ponerse preservativos. Otro argumento utilizado era que penalizar al cliente contravenía la libertad individual e introducía una sanción desproporcionada.

Los miembros del Constitucional recordaron en su sentencia que no les compete entrar en el fondo de ese debate, que corresponde al legislador, y dictaminaron que la ley se ajusta a la Carta Magna.