El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictamina ayer en una sentencia que remunerar como festivo el hecho de trabajar el Viernes Santo únicamente a los trabajadores creyentes y no al resto de empleados constituye una discriminación "directa" por motivos de religión e incompatible con la normativa europea.

El caso se refiere a un ciudadano austriaco que reclamó a la agencia de detectives privados el pago de un complemento salarial por trabajar un Viernes Santo al considerarse discriminado frente a los miembros de las iglesias evangélica y de la católica antigua, que sí tienen derecho al mismo en virtud de un régimen especial que les reconoce dicho festivo en Austria, en teoría para que puedan practicar su religión. En Austria, la mayoría de la población pertenece a la iglesia católica romana.

Su caso llegó al Tribunal Supremo de Austria, que ha reclamado a la justicia europea que aclare si la normativa austriaca se ajusta al derecho de la Unión que prohíbe la discriminación por motivos de religión.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que la norma austriaca constituye una discriminación directa incompatible con el derecho europeo al establecer una diferencia de trato entre trabajadores, exclusivamente basada en el hecho de pertenecer a una religión determinada o no.