Divorcios contenciosos o modificaciones de pensiones tardan un año por su auge

Uno de los tres juzgados de Familia de Vigo. | // J.LORES

A tenor de los datos de los últimos años, ya se puede decir que la Justicia está ganando méritos para desbancar a las cosas de palacio como sinónimo de despacio. Juicios en materia labora fijados para 2023, procedimiento abiertos en vía civil desde 1991, más de 17.000 sentencias pendientes de ejecutar... y ahora se le suman las divorcios.

Mayor conflictividad

Si bien la cifra no es sustancialmente superior a otros ejercicios, abogados especializados en Familia sí denotan una mayor conflictividad en estas rupturas. Este aumento de las disoluciones contenciosas motiva que los juzgados tarden, de media, cerca de un año en dictar sentencia. “Mientras los divorcios de mutuo acuerdo pueden firmarse en poco más de 15 días, un contencioso tarda cerca de un año”, explica el abogado vigués Carlos Borrás.

"Mientras un contencioso se va al año, un divorcio de mutuo acuerdo se firma en 15 días"

Carlos Borrás - Abogado

decoration

Modificación de medidas

Esta disparidad de plazos viene motivada por la necesidad de celebración de un juicio, al que ambas partes deberán acudir con abogado y donde pueden aportar pruebas documentales o incluso testigos. Esto se produce al no llegar a un acuerdo los cónyuges con el reparto de los bienes, cuentas, uso de la vivienda o incluso las pensiones de los hijos. En lo que llevamos de año se han presentado 312 divorcios contenciosos frente a 171 de mutuo acuerdo; casi una treintena más que el ejercicio anterior. “Es cierto que los tiempos depende del juzgado, pero notamos que hay un menor acuerdo entre cónyuges. La conflictividad está tanto en el divorcio como en el aumento de demandas de modificación de medidas como de jurisdicción voluntaria”, revela la letrada Isabel Olcina.

Jurisdicción voluntaria

Precisamente son estos dos extremo que nombre la abogada los que sumados a los divorcios cuentan con mayor demora a la hora de tener resolución. Y es que las modificaciones de pensión de alimentos a los hijos o compensatoria a la expareja –no tanto con el régimen de visitas– dejan también un año de demora hasta la notificación de la nueva sentencia. “Yo destaco sobre todo jurisdicción voluntaria, como por ejemplo, cambios de colegios, vacunar o no a los hijos, destino de vacaciones... Cuando los padres no están de acuerdo entre sí y plantean la demanda, la resolución puede tardar entre 4 y 5 meses. Pienso que tendrían que ser más ágiles”, sostiene Olcina.

"Aconsejamos al cónyuge que siga pagando hasta nueva sentencia, pero hay casos sangrantes"

Isabel Olcina - Abogada

decoration

Cambio en la situación personal

Esta modificación de medidas requiere de una sentencia previa de divorcio en la que se establezcan el convenio decretado por el magistrado o magistrada de Familia. Para poder modificarlo tiene que producirse un cambio sustancial en alguna de las dos partes. “Si la sentencia y este convenio son de 2016, por ejemplo, tu situación a día de hoy puede ser completamente dispar, para ello están estas demandas”, amplía Olcina.

Y lo cierto es que lo relatado por la abogada se ha convertido en realidad este año, ya que según las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), se han planteado más demandas para la modificación de medidas que divorcios o separaciones.

Reducir pensiones

Para la resolución de estos pleitos, el tiempo sí que no es dispar de los divorcios, superando en algunos casos el año y medio. El cónyuge que inste reducir su pensión a hijos o ex pareja deberá seguir abonando la cantidad que recoge la sentencia inicial hasta que el juzgado estime –o no– su planteamiento. “Tenemos un caso en el que el demandante esperó año y medio por su sentencia de modificación de medidas, y eso supuso pagar de más casi 11.000 euros, ya que luego su demanda fue estimada”, sostiene Borrás.

Y es que a con consecuencia de la crisis sanitaria del coronavirus, la situación económica de muchos progenitores o exparejas se ha visto sumamente alterada, obligándolos a solicitar reducciones en las pensiones que no se hacen efectivas hasta la nueva sentencia. “Un cliente tenía fijada el pago de una pensión compensatoria de 900 euros pero a consecuencia del COVID se quedó sin trabajo y tomó la jubilación anticipada. No puede hacer frente a dicho pago y hemos presentado demanda y ya celebrado juicio. Pero la cantidad que tiene que seguir abonando hasta nueva sentencia es la misma. Nosotros no recomendamos que dejen de pagar, porque pueden incurrir en un nuevo procedimiento civil, pero la situación a veces es muy sangrante”, desgrana Olcina.

Compartir el artículo

stats