La mascarilla se convierte desde hoy en elemento imprescindible para pisar la calle. Este jueves ha entrado en vigor la orden ministerial por la que su uso es obligatorio en espacios públicos, ya sea al aire libre o cerrados, siempre y cuando no se pueda mantener la distancia social de seguridad: un mínimo de dos metros. En los últimos días, estos protectores ya formaban parte del paisaje urbano, ya que la mayoría de los vecinos optaron por ponérsela para evitar el contagio de coronavirus.

¿Quién tendrá que usarlas? Todos los mayores de seis años que se encuentren en calles, parques, paseos... o en espacios cerrados pero donde no sea posible apartarse de otras personas. Esta norma excluye a personas cuya uso esté contraindicado por motivos de salud (problemas respiratorios, por ejemplo) o a deportistas cuya práctica sea incompatible con una respiración acelerada: personas que salgan a correr o a andar en bicicleta.

Así debemos poner y quitar guantes y mascarilla sin riesgo de contagio de Covid-19

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La orden ministerial valida cualquier tipo de mascarillas (FFP2, FFP3, reutilizables...), pero Sanidad señala el uso preferente de las higiénicas y quirúrgicas. La mascarilla debe cubrir la boca, la nariz y la barbilla, y no se debe quitar para hablar, toser o estornudar.

Durante los primeros días de la entrada en vigo del uso obligatorio, las fuerzas de seguridad realizarán una labor pedagógica concienciando a los ciudadanos de su buen uso. Sin embargo, pasados unos días, ya sancionarán a quienes incumplan la norma.

Si el incumplimiento se produce en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, se pedirá a esas personas que abandonen dicho espacio, pero si no atiende a ese requerimiento, se podrá levantar una propuesta de sanción por la vía del artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana.