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Denegada la suspensión cautelar del cierre del paritorio de Verín

El juzgado rechaza el recurso de la CIG y defiende que la decisión estuvo avalada por informes de especialistas en Pediatría

El Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Ourense ha denegado a la CIG su solicitud de suspensión cautelar de la orden de supresión de los servicios de paritorio y urgencias pediátricas del hospital de Verín emitida el pasado 29 de noviembre de 2019 por el gerente del área sanitaria de Ourense, Verín y O Barco de Valdeorras. El auto resuelve el recurso de la Confederación Intersindical Galega cuando la Xunta ya ha ratificado la decisión de reabrir el servicio en la primera semana de febrero, una vez se formalicen los contratos de los dos pediatras que cubrirán las vacantes.

"Nos encontramos ante dos bienes jurídicos dignos de protección", indica la jueza. Explica en el auto que el Sergas "justifica su decisión en la necesidad de protección del neonato y de su salud", mientras que la CIG entiende que la Xunta realiza "una ponderación equivocada a la hora de valorar los riesgos para la salud de las mujeres embarazadas al anteponer el peligro derivado de la pérdida de destreza de los profesionales frente el peligro derivado de la distancia para atención en un centro hospitalario".

Ante tal perspectiva, añade la resolución, "el órgano judicial no puede sustituir en una pieza de medidas cautelares una decisión adoptada por la Administración sanitaria por su propio criterio o el del recurrente, salvo que se aprecie que existe un riesgo inminente y grave para derechos constitucionales dignos de protección y que, además, dichos derechos prevalezcan sobre los que la Administración sanitaria trata de proteger con la decisión". Esta situación, aclara la magistrada, "no se produce en el presente supuesto", pues la decisión adoptada por el Sergas "cuenta con el aval o fundamento de los informes emitidos por especialistas en Pediatría".

Al margen de las "carencias estructurales que presente el hospital de Verín", la magistrada tiene en cuenta también el informe del presidente de la Sociedad Gallega de Pediatría, "en el que se analiza cómo afecta el descenso de partos en el área de Verín a la calidad de la asistencia neonatal prestada".

En todo caso, el Juzgado ourensano advierte de que el Sergas debe "arbitrar las medidas y medios necesarios para tratar de garantizar la salud de la embarazada y el neonato" en el caso de apreciarse "cualquier situación de riesgo en un caso concreto motivado por razones de la distancia al centro de alumbramiento".

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