El Supremo resolvió con un pleno de 29 magistrados y una sentencia de 53 páginas la demanda de la familia de Isabel Fuentes, la ourensana asesinada en el hospital el 8 de mayo de 2015, a manos de su marido, para que se indague con todas las pruebas necesarias si la actuación de la jueza, Cristina Fernández Viforcos, fue correcta, al no considerar que el primer ataque en casa fuera violencia machista. Veinticuatro de los 29 magistrados de la Sala del Contencioso -5 discrepan con un voto particular- apoyaron la reapertura de la investigación en el Consejo General del Poder Judicial. El alto tribunal basa esta decisión en que "no se han agotado cuantas diligencias eran necesarias para esclarecer cómo se han desarrollado los hechos". El Supremo, que condena en costas al Consejo, concluye que "resulta procedente que se complete la actuación investigadora tendente al esclarecimiento y determinación de las circunstancias concurrentes en relación con los hechos".

Los magistrados sostienen que el Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, que decidió archivar el expediente inicial a la jueza en octubre de 2015 considerando que había obrado bien -el Consejo rechazó el recurso en marzo de 2016-, "asume de forma acrítica tanto las manifestaciones contenidas en el informe emitido por la juez así como la secuencia cronológica de las diligencias previas, sin ninguna valoración sobre las mismas ni sobre los argumentos" de la familia de Isabel Fuentes, "dejando en consecuencia zonas de sombra sobre la forma en que aquellas se desarrollaron".

"Puntos de sombra"

El Supremo, cuya competencia "no es pronunciarnos sobre la corrección o no de la conducta procesal de la juez" sino sobre "si son o no necesarias nuevas diligencias en vía administrativa", reitera su valoración sobre el primer archivo y detalla en la sentencia lo que califica de "algunas imprecisiones y omisiones en que incurre el acuerdo del Promotor de la Acción Disciplinaria, importantes para poner de relieve los puntos de sombra de la investigación realizada".

| Sin notificaciones a Fiscalía. El auto de inicio del proceso judicial, tras el primer ataque en casa, y el que declaró la causa secreta no se notificaron a la Fiscalía. "Se omite" en la investigación a la jueza archivada, advierte el Supremo. Se avisó "mediante llamada telefónica" del atestado de la Guardia Civil de 27 de abril que señalaba al marido, Aniceto Rodríguez Caneiro -fallecido en septiembre en la prisión de A Lama, mientras cumplía 32 años de cárcel- como el principal sospechoso. La jueza consideró que las apreciaciones de la Policía Judicial eran "conjeturas". La letrada de la familia quiere que los guardias testifiquen en las diligencias informativas ahora reabiertas.

| Aviso del hospital. En el cierre del expediente se afirmaba que la jueza pidió al CHUO que comunicara cambios en el estado de la paciente de inmediato, "cuando en realidad lo que se acordó fue 'para el caso de que recupere la consciencia, a la mayor brevedad se ponga en conocimiento de este juzgado, a los efectos de que sea reconocida previamente, dada la importancia de su posible declaración a efectos de identificar al autor o autores de los hechos". Subraya el Supremo que es "algo sustancialmente distinto de 'cambios en el estado de la paciente".

| "Imprecisiones" de la jueza y su supuesta asistencia "esporádica". El alto tribunal detecta "algunas imprecisiones en las alegaciones formuladas por la juez de instrucción". Cita, por ejemplo, "que se omite cualquier referencia" al auto por el que se decreta el secreto de actuaciones, en el que se basa la familia para afirmar que, desde el primer hecho en el domicilio conyugal, había sospechas contra el marido. El Supremo ve pertinente averiguar si la presencia de la jueza en el juzgado de Verín era "esporádica", como afirma la demandante. "No parece justificado no haber corroborado dicha circunstancia, lo que por otra parte habría sido sencillo mediante declaración de los miembros de la Secretaría del juzgado", dice el TS.

| "Satisfacción" de la familia. Los parientes de Isabel Fuentes están convencidos de que la ourensana fue víctima de un doble crimen a manos de su marido -en casa y en el hospital- que pudo haberse evitado si el sistema no hubiera fallado. "Volvemos a la casilla de salida", dice la abogada Beatriz Seijo. "La satisfacción es plena, porque este asunto, dentro de lo terrible que fue, empuja para que exista una línea más perfilada y más clara sobre cómo debe ser la tramitación de un procedimiento".