Multa de 12 meses a razón de 3 euros por día (1.095 euros) y tres años de alejamiento. Es la condena que aceptó ayer en el Juzgado de lo Penal 1 de Ourense un hombre acusado de un delito de exhibicionismo y provocación sexual recogido en el artículo 185 del Código Penal.

La afectada es una mujer en situación de incapacidad reconocida judicialmente. La resolución implica también el pago de una indemnización de tres mil euros a la víctima, en concepto de daños morales.

Los hechos que han llevado a J.C. a juicio ocurrieron el 23 de agosto de 2014 cuando, sobre las 13.30 horas, se encontró con la mujer paseando por las calles de la localidad de Carballeda, en el municipio de Piñor. Tal y como recoge el escrito de acusación que el condenado reconoció al aceptar la conformidad indica que, "con ánimo libidinoso", y tras llamar la atención de la mujer, el hombre "procedió a bajarse los pantalones y los calzoncillos, tocándose los genitales". La mujer reaccionó huyendo enseguida del lugar.

El escrito recoge también la situación de la afectada, que se encuentra incapacitada en virtud de una sentencia del año 1996 dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de O Carballiño. La sentencia, a la que se ha llegado por conformidad de las partes, prohíbe al procesado, J.C.F., acercarse a menos de 200 metros a la mujer afectada, su domicilio o cualquier lugar en el que esta se encuentre durante un período de tres años. Tampoco podrá comunicarse con ella por cualquier otro medio durante este tiempo.

La aceptación de los hechos le ha valido al acusado, que carece de antecedentes penales a efectos de reincidencia, una rebaja de la pena ya que el Ministerio Fiscal solicitaba inicialmente que fuese condenado a 10 meses de prisión. El pacto entre las partes evitó también que la víctima tuviese que relatar ante la juez lo sucedido.