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¿Usas bici eléctrica? Carné, casco y seguro

Como el teniente coronel de Tráfico, pide regular sobre vehículos de movilidad personal como los patinetes eléctricos por seguridad

¿Usas bici eléctrica? Carné, casco y seguro

El fiscal de Seguridad Vial de Galicia, Carlos Gil García, alertó ayer de la existencia de "un problema de fraude" con ciertos vehículos de movilidad personal -como las bicicletas eléctricas cuya potencia supera los 250 vatios y le permite superar los 25 kilómetros por hora- que son, en realidad, "verdaderos vehículos a motor". Al no estar catalogados como tal, se benefician de la equiparación en condiciones de uso con las bicicletas, pudiendo usarse sin casco, sin seguro y sin permiso de circulación En cambio, indicó Gil García, por sus características, debería ser obligatorio para manejarlas disponer de esos tres elementos: permiso de circulación, casco y seguro.

El fiscal de Seguridad Vial de Galicia explicaba así a FARO uno de los aspectos que están sobre la mesa ahora en materia de movilidad personal y que ayer fueron abordados en la Academia Galega de Seguridade Pública (Agasp) -con sede en A Estrada- en una sesión de trabajo conjunta de la Fiscalía de Seguridad Vial de Galicia y de la Guardia Civil de Tráfico en la que también participaron el teniente coronel de la Guardia Civil de Tráfico en Galicia, Javier Molano Martín; los fiscales de Seguridad Vial de Pontevedra, A Coruña, Santiago y Ourense (Alicia Tajes, Eugenia López, Jorge Fernández de Aranguiz y Ana Delgado Pérez-íñigo, respectivamente); además de efectivos de los grupos de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) de la Guardia Civil de las cuatro provincias y miembros de los equipos de Investigación de Atestados de los destacamentos de Tráfico de toda Galicia.

El fiscal de Seguridad Vial de Galicia y el teniente coronel de Tráfico en Galicia coincidieron en la necesidad de regular sobre dispositivos de movilidad personal como los patinetes eléctricos. Gil subrayó que al no existir regulación al respecto, "estamos con las manos atadas". Por eso, valoró positivamente iniciativas como la reunión impulsada ayer en Vigo al respecto. La problemática de este tipo de vehículos así como el estudio de si la conducción de este tipo de vehículos podría encajar en alguno de los tipos penales contra la seguridad vial si concurren circunstancias como el alcohol, las drogas o las imprudencias- figuraba en el orden del día de la reunión de ayer a propuesta de Tráfico.

También abordaron el nuevo delito de abandono del lugar del accidente y de la nueva regulación del delito de imprudencia con vehículo a motor, reformas que entraron en vigor recientemente. La de imprudencia agrava las penas. Si antes la máxima era de 4 años de cárcel, ahora es de 9.

A mayores, analizaron las posibilidades de actuación del agente encubierto y de utilización de elementos de prueba que hayan sido obtenidos en las redes sociales; cuestiones relativas al comiso del vehículo en base a los antecedentes policiales sin que todavía existan condenas o a la grabación incompleta de las condenas de privación del derecho a conducir e incluso a la posibilidad de utilizar grabaciones mediante cámaras ocultas sobre un vehículo estacionado en la vía pública, donde se observa a un conductor sin permiso de conducción que accede a un vehículo e inicia la conducción.

Igualmente, estudiaron si ciertas licencias provisionales de conducción expedidas por otros países son válidas en España y otras cuestiones como si la conducción de vehículos a motor o ciclomotores tras haber cumplido una condena superior a dos años pero sin haber realizado el curso de sensibilización y reeducación vial además de las pruebas de aptitud es delito o infracción administrativa.

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