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Paso adelante contra la violencia machista: La víctima ya no es la única que presenta denuncia

Un 17% de los delitos tramitados en la comarca salieron a la luz gracias a familiares, servicios médicos o de asistencia a las mujeres EEn Pontevedra se rechazan todavía la mitad de las órdenes de protección que se piden

Una pancarta contra la violencia machista en la estatua de los Héroes de Pontesampaio RAFA VAZQUEZ

El clima de terror que genera un maltratador en torno a una víctima de violencia de género puede llegar a anular por completo su voluntad. Son delitos que habitualmente se producen en la intimidad del hogar y de una relación de ahí que una de las cuestiones más difíciles a la hora de afrontar la violencia de género es lograr que la denuncia se produzca. Es necesaria para que afloren estos casos y hasta el momento esto ocurre mayoritariamente cuando ya es demasiado tarde y el maltrato se descubre con la intervención policial. Cuando esto sucede, además, es la víctima era quién se ve en la obligación de presentar denuncia en la mayoría de las ocasiones.

Esto sigue siendo una realidad. Sin embargo, algo está cambiando, por desgracia todavía en cámara lenta. En Pontevedra, los datos aportados por el Observatorio del Poder Judicial, indican que se está comenzando a andar de manera tímida ese camino que indica que es labor del conjunto de la sociedad poner en conocimiento de las autoridades policiales o judiciales posibles casos de maltrato. La gran mayoría de los expedientes por violencia de género todavía llegan al juzgado a través de atestados policiales con denuncia de la víctima (un 60%), pero antes de la pandemia, en el mismo periodo de 2019, este porcentaje era mucho mayor, de un 76%. Aunque a cuentagotas, desde entonces viene incrementándose el porcentaje de denuncias que llegan al juzgado procedente de terceros como es el caso principalmente de los partes de lesiones que remiten a los juzgados los centros de salud. No obstante, también familiares y centros de asistencia a las mujeres maltratadas comienzan a presentar cada vez más denuncias que permitan sacar a la luz estos casos de violencia machista. En el segundo trimestre del presente ejercicio, estos tres grupos ya sumaron un 17% de las denuncias.

En el resto de los casos, un 23%, la denuncia fue interpuesta directamente por las fuerzas de seguridad tras su intervención. Este sí es un indicador negativo, pues señala que el caso se tramitó por los agentes sin acompañamiento de la denuncia de la víctima. Por contra, una vez que el caso está judicializado, entre abril y junio de este año ninguna de las víctimas se acogió a su dispensa a no declarar contra el presunto agresor.

El 100% de los varones enjuiciados por malos tratos resultaron condenados en el segundo trimestre de este año

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Otros de los datos destacables que deja el balance judicial de los casos de violencia de género en la comarca es que, tanto en los partidos judiciales de Pontevedra, como en los de Marín y Caldas, el 100% de las personas enjuiciadas resultaron condenadas durante el segundo trimestre del año.

La violencia machista sigue creciendo en la comarca, con un aumento de un 1,7% en el número de denuncias tramitadas, al sumar un total de 114, frente a las 112 del mismo periodo del año anterior.

En el partido judicial de Pontevedra fueron un total de 70 denuncias, dos más que el año anterior, en apenas 91 días.

La violencia machista sigue creciendo en la comarca, con un aumento de un 1,7% en el número de denuncias tramitadas, al sumar un total de 114

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Por otra parte, en cuanto a las medidas cautelares, la comarca sigue estando por debajo de la media gallega en cuanto a la concesión de órdenes de protección. Según los datos del TSXG, en el resto de la comunidad autónoma se acordó la adopción de un 71% de las órdenes de protección que fueron solicitadas. En la comarca este porcentaje es de un 50%, es decir, que solo la mitad de las órdenes que se piden a los juzgados, se acaban concediendo. Esto en cuanto a los tres juzgados de la comarca (Caldas; Marín y Pontevedra). En el caso del partido judicial con cabecera en la ciudad del Lérez, el porcentaje de órdenes de protección adoptadas se incrementa hasta un 58%.

Perfil del maltratador

Durante el segundo trimestre del año no se contabilizó ninguna víctima menor de edad por violencia de género. Un 13% de las víctimas eran mujeres extranjeras.

Por el contrario, entre los maltratadores, un 95% de los procesados eran de nacionalidad española. En su mayor parte personas que habían mantenido una relación afectiva con la víctima que ahora estaba ya rota (un 47%). En un 35% la relación todavía estaba en vigor y en un 17% resultó ser el cónyuge de la mujer maltratada.

Aumento de las suspensiones del régimen de visitas con la nueva legislación

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia señala que, en cuanto a las medidas civiles dictadas por los juzgados de violencia sobre la mujer para proteger a los hijos de las víctimas, cabe reseñar que en Galicia entre abril y junio se dictaron 39 medidas consistentes en la suspensión del régimen de visitas, un 225% más que se explica con la entrada en vigor de la nueva Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia. La nueva legislación establece la suspensión del régimen de visitas “cuando se dicte una orden de protección con medidas de contenido penal y existieran indicios fundados de que los hijos e hijas menores de edad hubieran presenciado, sufrido o convivido” con la violencia de género.

Nueve meses de prisión por llamar a su expareja pese a tenerlo prohibido

De los 114 delitos incoados por los juzgados de la comarca entre abril y junio de este año, en torno a un 13% se producen por quebrantamiento de condena o de las medidas cautelares impuestas para la protección de las víctimas. Un ejemplo de este tipo de ilícito es la condena ratificada por la Audiencia Provincial de Pontevedra a una persona que fue condenada por un delito de amenazas graves a su pareja y, en dicha sentencia, se incluía la prohibición de todo tipo de comunicación con ella por espacio de cinco años.

En este caso, el condenado realizó una única llamada de Whatsapp que la víctima no respondió. Tanto en el juicio ante el juzgado de lo Penal como en su recurso ante la Audiencia Provincial de Pontevedra, el acusado alegaba un error de marcación en el teléfono que provocó esa única llamada, pero los dos tribunales, tanto el de instancia como el de apelación, consideran que la norma es clara y lo condenan a 9 meses y 1 día de prisión.

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