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El regidor de Viana seguirá en la alcaldía y como perito de la Xunta

El juez no detecta incompatibilidad de cargos y ve "fraude de ley"

El regidor de Viana seguirá en la alcaldía y como perito de la Xunta

El juzgado Contencioso-Administrativo número uno de Ourense ha estimado un recurso de protección de derechos fundamentales interpuesto por el alcalde nacionalista de Viana do Bolo, Secundino Fernández. Asimismo, acuerda que el regidor siga en su cargo rechazando de esta manera el acuerdo alcanzado por la corporación municipal el pasado día 20 de octubre en el pleno del Concello. No obstante, contra esta sentencia cabe recurso de apelación.

El fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), de fecha 21 de diciembre, concluye que Fernández "no incurrió en incompatibilidad funcional" ni "inexabilidad" para ejercer el puesto de concejal. El regidor es funcionario activo de la Xunta de Galicia, como perito agrícola, y modificó su dedicación exclusiva por otra parcial para no tener que renunciar a su cargo en la administración pública.

La sentencia incluso considera "totalmente improcedente el acuerdo impugnado...", en el pleno municipal en el que acordaron que quedara "vacante" el puesto en la alcaldía. Además, continúa diciendo que dicho acuerdo se adoptó "en claro fraude de ley, pues una vez solucionado (mediante el acuerdo del 17 de septiembre anterior) el problema de la incompatibilidad retributiva, este nuevo acuerdo se dirigía en la práctica a derrocar al alcalde electo, e incluso a expulsarlo de la corporación municipal, con omisión total y absoluta del procedimiento establecido para tal fin, que es el de la moción de censura para privarle de su condición de concejal.

En dicho pleno la corporación de Viana acordó dejar "vacante" el puesto de concejal y la alcaldía, ante la posible incompatibilidad de cargos, debido al posible incumplimiento del artículo 10 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Votaron a favor los cinco ediles del PP, absteniéndose el representante del PSOE junto con un edil nacionalista, Juan José Renedo Prieto, que posteriormente presentó su renuncia al acta de concejal, y votando en contra los restantes cuatro miembros del equipo de gobierno del BNG.

El PP consideraba que el regidor no había informado en el plazo de diez días de su incompatibilidad por su condición de funcionario de la Xunta, en calidad de perito, para poder tener una dedicación exclusiva a la alcaldía.

Pero según el fallo "una misma persona puede ser concejal y a la vez funcionario en activo en otra Administración distinta. Lo que no puede es ejercer el cargo de edil percibiendo las retribuciones de la dedicación exclusiva si al mismo tiempo trabaja en otra Administración".

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